Sistema Único de Cobranza: Así cambiará el cobro de cotizaciones impagas

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A partir del 1 de junio de 2026, el panorama para los empleadores que mantienen morosidad con sus trabajadores dará un giro radical. Entrará en vigencia el Sistema Único de Cobranza de Cotizaciones (SUCC), una herramienta clave de la Reforma de Pensiones de 2025 (Ley n.º 21.735) diseñada para recuperar de manera eficiente los fondos previsionales no abonados.

Históricamente, la gestión de estas deudas era fragmentada, ya que cada AFP debía perseguir por su cuenta los impagos de un empleador. Según detalla el Instituto de Previsión Social (IPS), este modelo generaba duplicidad de tareas y sobrecargaba innecesariamente los tribunales. El nuevo esquema busca poner fin a esta ineficiencia mediante la creación de SUCC S.A., sociedad anónima constituida en diciembre de 2025 para administrar este proceso unificado.

¿Cómo funcionará el nuevo sistema de cobranza?

El SUCC operará bajo la estricta fiscalización de la Superintendencia de Pensiones y se estructurará sobre cuatro ejes fundamentales:

  • Centralización total de la información sobre deudas.
  • Interoperabilidad fluida con todos los organismos del Estado.
  • Coordinación centralizada en la gestión de la cobranza.
  • Trazabilidad completa de cada uno de los procesos iniciados.

La implementación será gradual. En junio de 2026, se iniciará la cobranza judicial de las deudas del Seguro Social Previsional acumuladas desde agosto de 2025. Posteriormente, en julio, se activarán las notificaciones de cobranza prejudicial unificada para quienes registren morosidad tanto en el Seguro Social como en las AFP.

Impacto y plazos para los empleadores

La etapa final de este despliegue ocurrirá en febrero de 2027, cuando el SUCC comience a gestionar la cobranza judicial unificada de todas las deudas informadas por el IPS y las AFP. Esto significa que, sin importar el número de entidades acreedoras, el proceso será coordinado bajo una sola línea de acción.

Ante este escenario, la Tesorería General de la República tendrá un rol clave, notificando inicialmente a los empleadores sobre la cobranza prejudicial. En este punto, los contribuyentes aún tendrán la oportunidad de regularizar sus montos mediante Previred antes de que el caso escale a instancias judiciales.

Es fundamental recordar que, ante declaraciones sin pago, la ley exige la judicialización dentro de un plazo de 270 días corridos contados desde el cierre del periodo. Además, el IPS advierte que cualquier pago fuera de plazo, ya sea en etapa prejudicial o judicial, arrastrará consigo los correspondientes reajustes e intereses. Ante este nuevo escenario de mayor control, la recomendación oficial es revisar oportunamente el estado de los pagos para evitar recargos mayores conforme avance el cronograma de implementación.

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