El Servicio de Impuestos Internos (SII) ha marcado una línea divisoria tajante frente a las plataformas de apuestas que operan sin domicilio ni residencia en Chile. A través de una reciente resolución, el organismo confirmó que, pese a la ilegalidad de su funcionamiento, estas empresas tienen la obligación de pagar el IVA correspondiente por los servicios que prestan en territorio nacional. Esta medida busca, ante todo, evitar que el incumplimiento normativo se traduzca en una ventaja tributaria injustificada.
¿La tributación implica una autorización?
Contrario a lo que podría pensarse, la exigencia impositiva no otorga legalidad a estas plataformas. El director del SII, Jorge Trujillo, fue enfático ante la Comisión de Economía del Senado al explicar que este proceso no significa autorizar sus operaciones ni sustituir la labor de otros órganos reguladores. La habilitación del sistema en el Diario Oficial responde a una realidad ineludible: los servicios de azar, apuestas y casinos online son un hecho gravado por la ley tributaria vigente.
En consecuencia, si la actividad no debió realizarse, ello deberá ser abordado por los órganos competentes en el ámbito sectorial correspondiente. Pero si, en los hechos, se realizaron operaciones que configuran un hecho gravado conforme a la ley tributaria vigente, al SII le corresponde exigir el cumplimiento de las obligaciones impositivas respectivas.
Trujillo descartó que el Servicio esté validando la industria. Por el contrario, la autoridad sostuvo que se actúa sobre los hechos consumados; ya que, a pesar de los esfuerzos estatales por frenar estas operaciones, las plataformas siguen funcionando abiertamente. Por ello, el SII determinó que corresponde que los contribuyentes extranjeros declaren y paguen sus impuestos como cualquier otro prestador de servicios digitales.
La lucha contra la evasión y el rol del Estado
El director del organismo subrayó que el SII mantiene una coordinación constante con otras instituciones para combatir la evasión y las actividades ilícitas. En un mensaje directo hacia quienes facilitan la operación de estos sitios, el titular del Servicio señaló:
Quienes están fomentando las actividades ilícitas son los que contratan publicidad, patrocinan actividades y permiten que estas operaciones se desarrollen en el país. Si el control ejercido sobre esta actividad, como lo ordenó la Corte Suprema, es efectivo, no habrá actividad ilícita ni habrá cobro de impuestos por ese concepto.
Actualmente, el sistema para el pago de estos tributos ya se encuentra operativo en el sitio del SII. El futuro de esta industria en Chile sigue dependiendo de la efectividad de las medidas de control ordenadas por la Corte Suprema, dejando abierta la pregunta sobre si este paso administrativo será el preludio de una regulación integral o si, por el contrario, la presión estatal terminará por desplazar a estas casas de apuestas del mercado local.