Los embargos por deudas del CAE se han intensificado en el último periodo, alcanzando ya más de 1.500 procedimientos ejecutados por la Tesorería General de la República (TGR). Según datos oficiales, la estrategia de cobro lanzada en abril de 2025 se ha centrado principalmente en contribuyentes con ingresos iguales o superiores a los $3.500.000 mensuales, cifra determinada a partir de sus declaraciones de impuestos correspondientes al año tributario vigente.
Prioridad en el embargo: ¿Qué busca primero la Tesorería?
El abogado Cristóbal Pérez, académico de la Universidad de los Andes especializado en Derecho Tributario, explicó que la TGR aplica una lógica operativa clara: «siempre se buscará primero embargar dineros». Esto ocurre porque el efectivo, depósitos a plazo, fondos mutuos o cuentas vistas son activos líquidos que no requieren de procesos judiciales complejos para su ejecución.
A diferencia del dinero, embargar bienes ilíquidos, como vehículos o propiedades, conlleva un proceso más engorroso para el fisco. Según el abogado Pérez, esto «requiere del remate de los mismos para liquidarlos a dinero». Por lo tanto, el patrimonio del deudor es analizado exhaustivamente para determinar qué activos pueden ser capturados con mayor eficiencia antes de recurrir a medidas extremas.
¿Qué bienes son inembargables según la ley?
Existen excepciones claras respecto a lo que la Tesorería puede tocar. Los fondos de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y los Ahorros Previsionales Voluntarios (APV) son, por norma general, inembargables. Sin embargo, el experto advierte que esta protección pierde efecto una vez que los dineros han sido retirados y se encuentran depositados en la cuenta corriente personal del deudor.
Asimismo, el abogado precisó que, en el contexto de la Ley 20.027, no existe una habilitación explícita para embargar este tipo de ahorros. No obstante, reconoce que en el ámbito legal aún existen dudas doctrinales respecto a la protección total de los fondos APV cuando estos se encuentran fuera del esquema tradicional de los fondos de pensiones.
¿Corren riesgo los beneficiarios de subsidios estatales?
Respecto a la preocupación sobre el origen de los fondos en las cuentas embargadas, el abogado Pérez fue tajante: la TGR no distingue la procedencia del dinero. Esto significa que si en una cuenta embargada existen fondos destinados originalmente a una pensión alimenticia, estos serán retenidos de igual forma por la Tesorería.
Pese a esto, el riesgo para sectores vulnerables parece bajo. Al enfocarse la TGR en deudores con rentas superiores a $3,5 millones, se asume que este grupo no suele ser beneficiario de subsidios estatales, los cuales están reservados para sectores con rentas mínimas. Hasta la fecha, el embargo ha afectado solo al 5% de los morosos totales del Crédito con Aval del Estado.