El Segundo Tribunal Ambiental sacudió el panorama minero nacional con una sentencia de más de 150 páginas que reconfigura el futuro del proyecto de expansión de Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi. El fallo, emitido el 14 de mayo de 2026, acogió de manera parcial las reclamaciones presentadas por comunidades indígenas y ordenó retrotraer el procedimiento administrativo, cuestionando directamente la calidad de la evaluación ambiental ejecutada por el SEA.
Este revés legal afecta a la minera, propiedad de los gigantes internacionales Anglo American, Glencore y Japan Collahuasi Resources, justo en un escenario donde el gobierno de José Antonio Kast busca dinamizar la inversión. El proyecto, denominado “Desarrollo de Infraestructura y Mejoramiento de Capacidad Productiva de Collahuasi”, fue aprobado originalmente en 2021 con el fin de extender la vida útil de la mina por dos décadas y optimizar el uso de agua mediante una planta desaladora.
Fallos en el componente humano y Convenio 169
La controversia central no se centró en las emisiones ni en la tecnología, sino en una deficiente caracterización de las comunidades indígenas. Los reclamantes denunciaron que el proyecto descartó impactos sin información suficiente, omitió estudios antropológicos y excluyó a grupos del proceso de consulta conforme al Convenio 169 de la OIT. El Tribunal coincidió en que no existían antecedentes suficientes para descartar afectaciones, invalidando la evaluación del medio humano.
El Tribunal concluyó que debió retrotraerse el procedimiento para resolver correctamente el fondo de la solicitud de invalidación y la alegación relacionada con la falta de información esencial en la línea de base del componente medio humano.
El fallo destaca un error de hecho específico en los puntos 9 y 10, donde el SEA confundió al señor Ernesto Barreda Soza con los integrantes del grupo humano Familia Barreda Paniagua. Esta omisión impidió que dicha familia fuera correctamente caracterizada en la línea de base y, en consecuencia, que se ponderara su derecho a ser consultados adecuadamente, contaminando el proceso completo de aprobación.
¿Qué sigue para Collahuasi?
Es importante notar que no todo fue rechazado: el tribunal validó la evaluación del componente marino y las medidas asociadas a la desaladora, las cuales sí cumplieron con los estándares técnicos. Por su parte, Collahuasi argumentó durante el proceso que la línea base fue elaborada correctamente y que no existía afectación directa sobre las comunidades reclamantes, tesis que fue desestimada por los jueces.
Actualmente, el proyecto no está cancelado, pero su viabilidad está condicionada. El Servicio de Evaluación Ambiental deberá reiniciar el proceso de evaluación, realizar nuevos estudios antropológicos y abrir instancias de consulta que fueron omitidas. La gran incógnita es si la compañía optará por seguir este camino administrativo o si presentará nuevos recursos judiciales para revertir esta sentencia, manteniendo la incertidumbre sobre el cronograma de la expansión minera.