Se acerca el Día del Trabajador, este viernes 1 de mayo, y es fundamental despejar las dudas sobre cómo operará el comercio durante esta jornada, especialmente considerando que se suma a un fin de semana largo. En El Reporte Diario te explicamos qué dicta la normativa vigente para que no tengas inconvenientes.
¿Qué establece la ley para este feriado?
El 1 de mayo es uno de los cinco feriados obligatorios e irrenunciables que existen en nuestro país. De acuerdo con el artículo 2° de la Ley 19.973, este día es de carácter obligatorio e irrenunciable para todos los trabajadores dependientes del comercio. Esta misma categoría la comparten otras fechas clave: el 1 de enero, el 18 y 19 de septiembre, y el 25 de diciembre.
¿Qué comercios no podrán funcionar?
Debido a la naturaleza irrenunciable de esta fecha, los grandes recintos como supermercados y centros comerciales (malls) no podrán funcionar bajo su modalidad habitual. Por ley, estos establecimientos deben mantener sus puertas cerradas durante toda la jornada.
Excepciones a la norma
Sin embargo, la legislación contempla excepciones específicas para ciertos servicios. Según indica el artículo de la Ley 19.973, los siguientes locales sí pueden operar durante este feriado:
- Expendio de combustibles.
- Farmacias de urgencia.
- Farmacias que deben cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
Adicionalmente, las tiendas de conveniencia que funcionan junto a estaciones de servicio tienen permitido atender público. Esto es posible siempre que en dichos locales coexista la venta directa de productos con la elaboración y venta de alimentos preparados que los clientes consuman en el mismo recinto. Ten presente esta información: los supermercados y malls estarán cerrados este viernes 1 de mayo.