El Octavo Juzgado de Garantía de Santiago dictó este miércoles la sentencia en contra del concejal de Ñuñoa, Andrés Argandoña, tras ser declarado culpable por el delito de injurias en contra del alcalde de la comuna, Sebastián Sichel. El fallo establece una sanción que incluye firma periódica, una multa económica y la inhabilitación temporal para cargos públicos.
El origen del conflicto se remonta a octubre de 2025, cuando el edil frenteamplista utilizó redes sociales como Instagram y X para cuestionar públicamente un proceso de adjudicación de fondos concursables gestionado por el municipio. Según la justicia, tales publicaciones vulneraron la honra del jefe comunal, lo que dio inicio a la causa judicial.
Sanciones y alcances de la sentencia
Aunque el edil arriesgaba una pena de presidio menor en su grado mínimo, el tribunal optó por una medida de firma periódica en el Centro de Reinserción Social de José Domingo Cañas, ubicado en la misma comuna de Ñuñoa. Adicionalmente, el fallo determina las siguientes obligaciones y restricciones para el condenado:
- Pago de una multa equivalente a 11 UTM, cifra que asciende aproximadamente a $786.566 pesos chilenos.
- El pago de las costas judiciales generadas por el proceso.
- La suspensión de cargos y oficios públicos durante un periodo de 85 días.
¿Qué dijeron las partes tras el fallo?
El abogado querellante, Claudio González, valoró la resolución judicial y enfatizó la importancia de los límites en el ejercicio político. «Este fallo reafirma que el debate público debe desarrollarse con responsabilidad y dentro de los límites que establece la ley. La protección de la honra sigue siendo un derecho fundamental que debe ser respetado por todos los actores políticos», sostuvo.
Por su parte, el alcalde Sebastián Sichel celebró la sentencia, calificándola como un precedente necesario para la convivencia democrática:
«No puede ser gratis en Chile que alguien afecte la honra o use el desprestigio de otra persona como una forma de hacer política. La política se trata de hacer que las personas estén mejor, que los vecinos vivan mejor. No simplemente de destrozar al otro para tratar de ganar. Una condena ejemplar, una señal ejemplar y una forma también de reivindicar el derecho de una democracia sana. El que grita no le gana al que necesita y el que ofende o se siente superior moralmente no come la agenda simplemente porque dice lo que se le ocurre».
Con esta resolución, el caso queda cerrado en la instancia judicial de garantía. Resta por observar cómo afectará esta inhabilitación de 85 días el desempeño de las labores de Andrés Argandoña en el concejo municipal y si existirá alguna instancia de apelación por parte de la defensa del edil.