La Fiscalía busca que se mantenga el juicio por el millonario fraude superior a los $762 millones en la Corporación Municipal Gabriel González Videla de La Serena. Este martes se llevó a cabo la audiencia del recurso de nulidad presentado por la defensa de los condenados en un fallo dictado el pasado 11 de julio.
La segunda sala de la Corte de Apelaciones de La Serena escuchó los argumentos de las defensas, la Fiscalía y la parte querellante.
El Tribunal Oral en lo Penal había sentenciado a dos exfuncionarias, Nicole Cadena Munita y Bélgica Guerra Galleguillos, a un total de 8 años de presidio por los delitos de lavado de activos y fraude al fisco. Cristian Muñoz Fredes, pareja de Cadena, recibió una condena de 7 años por fraude de prestaciones estatales y lavado de activos. Además, una decena de otras personas fueron condenadas por hechos ocurridos entre 2019 y 2022 en la misma Corporación.
La investigación de la Fiscalía determinó que un grupo de individuos se apropió de recursos mediante la rendición de boletas, utilizando transferencias para ocultar el dinero y adquirir bienes. Esta operación era coordinada y ejecutada por los tres principales acusados, identificados como el núcleo central de la defraudación.
El tribunal también ordenó el comiso de diversos bienes, incluyendo inmuebles y vehículos, y aplicó multas significativas que alcanzan hasta el 50% del monto total defraudado para cada imputado.
Los otros 10 acusados, que no eran funcionarios municipales, recibieron penas que van desde los 541 días por lavado de activos y fraude de prestaciones estatales.
La Fiscalía Regional de Coquimbo defiende la validez del fallo y la sentencia. La abogada asesora jurídica María Eugenia Bustos argumentó en la audiencia que la sentencia debe ser ratificada, ya que no se configuran los vicios de nulidad invocados por la defensa.
“Principalmente porque no se configura ninguno de los vicios de nulidad que se invocan en los recursos”, afirmó Bustos.
La persecutora explicó que la defensa cuestionó la configuración del delito de lavado de activos, argumentando que se trataba más bien de gastos posteriores del botín principal del fraude. Sin embargo, la Fiscalía sostiene que la sentencia establece correctamente la modalidad de ocultamiento y disimulación de bienes y dineros provenientes del fraude al fisco.
“Acá se hace un rastreo posterior de qué se hace con ese dinero: Inversiones de compras de automóviles, compras de inmuebles, inversiones que se coloca dinero defraudado de origen espurio al sistema financiero formal y con ello se configura el delito de lavado”, detalló la jurista.
La sentencia de la Corte de Apelaciones de La Serena está prevista para el 5 de octubre del 2026, fecha en la que se conocerá la decisión final sobre el recurso de nulidad.