La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) ha puesto en marcha un proceso de consulta pública con una duración de cuatro semanas. El objetivo es analizar y ajustar las normas que regulan el recálculo de las rentas vitalicias, un cambio que busca armonizar el sistema con legislaciones vigentes y ofrecer mayor flexibilidad a los jubilados chilenos.
¿En qué consisten exactamente estos ajustes? La propuesta normativa se divide en dos ejes fundamentales que impactarán tanto en las condiciones de acceso como en los beneficios financieros de los pensionados.
Nuevas restricciones para pensiones de sobrevivencia
El primer pilar de esta modificación busca poner al día el reglamento con un proyecto de ley ya aprobado por el Congreso. La CMF establece que ninguna persona que haya sido sentenciada como autor, cómplice o encubridor de delitos graves o hechos de violencia intrafamiliar podrá percibir una pensión de sobrevivencia, siempre que la víctima sea quien generaba dicho beneficio.
En términos prácticos, esto implica que si un beneficiario atenta contra la vida o ejerce violencia contra la persona que heredaría la pensión, perderá de manera automática su derecho a recibir estos fondos. Esta medida formaliza el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 bis del D.L. N°3.500, endureciendo los requisitos de acceso bajo criterios éticos y legales.
Adelantos en la cláusula de aumento diferido
La segunda modificación apunta a la denominada “cláusula adicional de aumento diferido y vitalicio de pensión”. La entidad reguladora busca permitir que los jubilados por vejez o invalidez puedan solicitar, por única vez, un adelanto en el incremento de sus pensiones antes de que se cumpla el plazo de pago mensual pactado originalmente.
Para hacer efectivo este trámite, el instrumento deberá estar integrado correctamente en el sistema SCOMP, donde habitualmente se cotizan las pensiones en el país. Sobre estos ajustes, el organismo detalló:
En síntesis, la propuesta normativa contempla, por una parte, un ajuste relacionado con los casos en los que un beneficiario legal de pensión pierde dicha calidad al ser condenado por los delitos contemplados en el artículo 5 bis del D.L. N°3.500 y, por otra, una modificación que permite el adelanto del pago de la pensión aumentada.
Actualmente, los detalles técnicos y el informe completo se encuentran disponibles en la sección “Normativa en Consulta” del sitio web oficial de la CMF. El proceso está abierto para que tanto expertos como la ciudadanía en general puedan emitir sus comentarios antes de que la propuesta se transforme en una norma definitiva. ¿Cómo afectará este cambio el flujo de las pensiones a largo plazo? La respuesta dependerá del resultado de este periodo de participación ciudadana.