Licencia médica: Corte de Arica ordena pago tras rechazo por viaje

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En un fallo unánime, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Arica acogió un recurso de protección, ordenando dejar sin efecto la resolución que confirmaba el rechazo de una licencia médica a una jubilada por invalidez. El conflicto surgió cuando la Comisión Médica Preventiva e Invalidez (Compin) y, posteriormente, la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso), invalidaron el reposo argumentando que la afectada viajó a Tacna, Perú, con el único fin de adquirir lentes ópticos.

El fallo judicial contra Compin y Suseso

La mujer, quien presenta una incapacidad del 71% derivada de una reacción negativa a una vacuna, impugnó la resolución Exenta R-01-UJU-06746-2026, de fecha 19 de enero de 2026. Según el tribunal, la decisión de la entidad fiscalizadora fue ilegal y arbitraria, afectando el derecho de propiedad de la paciente y vulnerando sus garantías constitucionales.

Que, el acto ilegal y arbitrario denunciado por la recurrente consiste en la actuación de la recurrida al confirmar lo resuelto por la Compin de la región, que rechazó la licencia médica Folio N°3-103006005, fundado en el incumplimiento del reposo por viaje al extranjero.

El tribunal de alzada fue enfático en señalar que, además de la vulneración al derecho de propiedad, el actuar del servicio ponía en riesgo la integridad psíquica de la jubilada. Se argumentó que el rechazo, de haberse mantenido firme, habría obligado a la mujer a reintegrar el subsidio por incapacidad laboral ya recibido, generando un evidente detrimento patrimonial injustificado.

¿Qué establece la resolución para el futuro?

Tras analizar los hechos, la Primera Sala dictaminó que la autoridad debe dar marcha atrás en su negativa. Con esta sentencia, se restablece el derecho de la recurrente y se mantiene aprobada la licencia médica N°3-103006005, permitiendo que la jubilada perciba el beneficio sin que el viaje para comprar sus lentes sea considerado un incumplimiento del reposo médico. Este precedente abre interrogantes sobre cómo se medirán las salidas breves al extranjero durante periodos de incapacidad laboral en el futuro cercano.

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