La Corte de Apelaciones de Arica ha dictaminado el pago de una licencia médica a una mujer jubilada por invalidez, de 61 años, cuyo permiso había sido rechazado inicialmente por la Comisión Médica Preventiva e Invalidez (Compin). Esta resolución fue confirmada originalmente por la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso), pero el tribunal de alzada decidió acoger el recurso de protección presentado por la afectada.
El origen del conflicto legal
La mujer, quien presenta una incapacidad del 71% debido a una reacción adversa a una vacuna, se trasladó a Tacna, Perú, durante su periodo de reposo. El motivo del viaje fue estrictamente médico: la compra de lentes ópticos. La Compin justificó el rechazo del documento (Folio N°3-103006005) argumentando un supuesto incumplimiento del reposo médico al salir del país.
Sin embargo, la Primera Sala del tribunal de alzada calificó este actuar como ilegal y arbitrario. El fallo subraya que se vulneró el derecho a la integridad psíquica y el derecho de propiedad de la paciente, ya que la decisión de la autoridad administrativa amenazaba con generar un detrimento patrimonial al exigir el reintegro de subsidios ya devengados.
Irregularidades en la resolución
El artículo 53 de la Ley N°19.880 dispone que la autoridad debe invalidar los actos contrarios a derecho previa audiencia del interesado, lo cual no ocurrió en este caso.
El fallo indica que la Suseso no dio cumplimiento al procedimiento de audiencia previa para que la mujer pudiera defender sus intereses, haciendo que la resolución fuera ilegal. Además, se desestimó la alegación de improcedencia planteada por la recurrida, confirmando que la intervención de la Corte era necesaria para proteger las garantías constitucionales de la recurrente.
Antecedentes de salud
Según información reportada por Las Últimas Noticias, el historial médico de la mujer es complejo. En 2022, tras sufrir un accidente cerebrovascular y recibir evaluaciones erróneas, fue diagnosticada con una inflamación cerebral que derivó en secuelas neurológicas, ansiedad y un deterioro visual severo que le provocó la pérdida del 80% de la visión en su ojo izquierdo.
Debido a que su rehabilitación debía ser costeada de manera particular, la paciente optó por realizar su tratamiento en Tacna. Según el fallo judicial, la cercanía con Arica facilitaba el proceso médico y permitía reducir significativamente los gastos asociados a su recuperación, validando así la necesidad de su desplazamiento al extranjero.