La Corte de Apelaciones de Punta Arenas, en la región de Magallanes, ha validado la decisión de desvincular a una funcionaria pública. La medida se tomó por considerar su salud incompatible con el desempeño de sus funciones, tras acumular un elevado número de licencias médicas.
Este fallo establece un precedente importante en la jurisprudencia laboral para el sector público magallánico. La funcionaria afectada trabajaba en el Servicio de Registro Civil e Identificación de Punta Arenas y había acumulado 345 días de licencias médicas intermitentes en un periodo de dos años.
La trabajadora interpuso una acción de protección, argumentando que la desvinculación era una medida arbitraria e ilegal. Su defensa se basó en que la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin) había calificado previamente su condición como recuperable, lo que, a su parecer, invalidaba la causal de despido.
Sin embargo, el tribunal de alzada magallánico desestimó el recurso. La Corte precisó que la aplicación de la normativa vigente fue correcta, según lo establecido en el Estatuto Administrativo.
El Estatuto Administrativo es claro en señalar que cuando un funcionario sobrepasa el umbral de los 180 días de licencias continuas o discontinuas en un lapso de dos años, la jefatura del servicio queda facultada legalmente para declarar la vacancia, sin que el dictamen de recuperabilidad de la Compin sea un requisito vinculante que anule dicha atribución.
Con esta resolución, el tribunal ratificó el acto administrativo de desvinculación. Subrayó la importancia de garantizar la continuidad del servicio a la comunidad y la sostenibilidad operativa de los equipos de trabajo en reparticiones públicas, especialmente en regiones extremas como Magallanes.