TC admite requerimiento de Magistrados por remoción de jueces

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La Segunda Sala del Tribunal Constitucional (TC) declaró admisible el requerimiento presentado por la Asociación Nacional de Magistrados y Magistradas (ANMM) en contra de la Corte Suprema. La acción legal se relaciona con los cuadernos de remoción a jueces que viajaron al extranjero mientras estaban con licencia médica, un proceso que la ANMM considera que vulnera principios fundamentales y no ha respetado el debido proceso.

La resolución del TC sostiene que se cumplieron “los requisitos exigidos por el artículo 93, inciso decimoprimero, de la Constitución Política, en relación con lo previsto en los artículos 83 y 84 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, para declarar admisible el presente requerimiento”.

La Segunda Sala del Tribunal Constitucional declaró admisible el reclamo de inconstitucionalidad que presentó la Asociación de Magistrados y Magistradas de Chile, señalando que la regulación legal establecida en el Código Orgánico de Tribunales sobre los cuadernos de remoción y los procesos de destitución no cumple con garantías establecidas en la Constitución: garantías de debido proceso, garantías de legalidad, garantías de tipicidad, del derecho a la igualdad ante la ley y también la garantía de inamovilidad que tienen todos los jueces y juezas de la República.

Así lo informó Elisa Walker, abogada que representa a la Asociación de Magistrados, quien añadió que la decisión de admisibilidad permitirá que “ahora ambas partes presenten sus argumentos de fondo y se convoque al Pleno del Tribunal para que se escuchen estos argumentos y se resuelva este reclamo de la Asociación de Magistrados y Magistradas de Chile”.

La determinación de la Segunda Sala se adoptó con los votos a favor de las ministras María Pía Silva y Catalina Lagos, y del ministro René Gómez. Los ministros Raúl Mera Muñoz y Marcela Peredo Rojas, en tanto, manifestaron su desacuerdo y votaron por declarar la inadmisibilidad del libelo.

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