La Corte Suprema dictaminó una sentencia de reemplazo que recalifica el delito de tortura a apremios ilegítimos para dos carabineros de la 21a Comisaría de Estación Central. Esta decisión se tomó tras acoger los recursos de nulidad presentados por los funcionarios policiales, quienes habían sido condenados previamente por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago por el delito de tortura.
El subteniente Carlos Leal Aqueveque y el cabo segundo Camilo Vásquez Masman fueron los beneficiados con este cambio en la calificación jurídica. El fallo de la Segunda Sala del máximo tribunal contó con los votos en contra de dos ministros, pero primó la mayoría para acoger la acción de la defensa.
La Suprema estableció que las acciones de Leal Aqueveque, en dos de los hechos imputados, se enmarcan en el delito de apremios ilegítimos. En uno de esos sucesos, también estuvo implicado Vásquez Masman, cuyo actuar fue calificado bajo la misma figura penal.
Como resultado de esta nueva sentencia, Carlos Leal fue condenado a cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, en calidad de autor de cinco delitos consumados de apremios ilegítimos en su modalidad simple. Esta resolución modifica la condena original que lo había sentenciado por dos delitos de tortura y tres de apremios ilegítimos.
Además, se mantuvieron inalteradas las penas de tres años y un día por falsificación de instrumento público y de 61 días por detención ilegal, según la condena inicial. Por su parte, el cabo segundo Camilo Vásquez fue sentenciado a tres años de presidio menor en su grado mínimo por un delito de apremios ilegítimos en su modalidad simple, reemplazando así el ilícito de tortura que figuraba en la primera instancia.
La condena de Vásquez por falsificación de instrumento público, que implicaba una pena de 541 días de presidio, se mantuvo sin modificaciones. En el mismo caso, otros funcionarios como Carlos Soto Soto y Carlos Calderón Ortega también fueron condenados por delitos de tortura y apremios ilegítimos, respectivamente, pero sus recursos de nulidad fueron rechazados por la Corte Suprema, ratificándose sus sentencias.