La FIFA ha confirmado la sanción impuesta a España por los cánticos racistas proferidos durante el partido amistoso contra Egipto, disputado el 31 de marzo en el Estadio Cornellá. La Comisión de Apelación de la FIFA desestimó el recurso presentado por la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), que ahora anunció que acudirá al Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS).
La sanción, establecida el 4 de agosto por la Comisión de Disciplina, incluye una multa de 20.000 dólares y el cierre parcial de al menos el 15% del aforo para el próximo amistoso de la selección española. Los cánticos, específicamente “musulmán el que no bote”, fueron registrados a los diez minutos de iniciado el encuentro y en otras ocasiones.
Durante el descanso del partido, el estadio proyectó un mensaje en el videomarcador recordando que “la legislación para la prevención de la violencia en el deporte prohíbe y sanciona la participación activa en actos violentos, xenófobos, homófobos o racistas”.
La RFEF argumentó en su defensa que, de los 35.895 espectadores presentes, solo un grupo limitado en los sectores 108, 109 y 110 entonó el cántico en dos ocasiones. Destacaron que el resto del público abucheó estos intentos y que no se registraron otros incidentes como violencia, pancartas discriminatorias o interrupciones del juego. Tampoco hubo quejas formales de la delegación egipcia ni de los árbitros.
Además, la Federación Egipcia envió una carta de agradecimiento por la organización del partido, sin mencionar los cánticos. La RFEF también sostuvo que la palabra “musulmán” no es despectiva, sino un término académicamente correcto y socialmente aceptado. Subrayaron que el árbitro, informado sobre el cántico, no activó el protocolo antidiscriminación de tres pasos de la FIFA tras la primera incidencia.
Con la desestimación del recurso, la federación española buscará anular la decisión en el TAS, llevando el caso a la máxima instancia del arbitraje deportivo.