¿Por qué Kast quiere reformar la Constitución si ya lo dice?

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El presidente José Antonio Kast ha anunciado una reforma constitucional con el propósito de establecer explícitamente el deber del Estado de proteger la seguridad de los chilenos, una medida que ha generado cuestionamientos sobre su necesidad.

La controversia surge al constatar que la Constitución vigente ya aborda este punto. Específicamente, el artículo 1°, inciso quinto, establece: “Es deber del Estado resguardar la seguridad nacional, dar protección a la población y a la familia…”. Este mandato, redactado en términos claros, no deja margen a interpretaciones condicionales.

Además, el artículo 24 refuerza esta obligación, detallando que es responsabilidad del Presidente de la República el gobierno y la administración del Estado, y que su autoridad se extiende a todo lo relacionado con la conservación del orden público y la seguridad externa del país. Ambos artículos son de fácil comprensión, escritos en un castellano directo.

Ante esta situación, la propuesta presidencial ha sido calificada más como una estrategia comunicacional que una necesidad jurídica. La sospecha es que, al no lograr los resultados esperados en materia de seguridad, se recurre a un anuncio de reforma para “instalar un relato” y generar la percepción de que se están implementando acciones novedosas.

El pequeño inconveniente es que ya estaba. Ese es el problema de aplaudir antes de pensar y de convertir la política en un espectáculo donde importa más el titular del día siguiente que leer lo que dice la ley.

Expertos señalan que modificar una frase constitucional no se traduce directamente en mejoras concretas como más carabineros en la calle, la recuperación de barrios, la desarticulación de bandas criminales o la captura de delincuentes. La real efectividad radica en cumplir con las obligaciones ya existentes, no en reiterarlas.

La situación se vuelve aún más compleja al considerar que el Presidente es abogado. Este hecho subraya el conocimiento que debería tener sobre la Constitución que juró respetar y hacer respetar. La ignorancia de la ley, un principio fundamental establecido en el artículo 8° del Código Civil, es inadmisible para cualquier ciudadano y, con mayor razón, para la máxima autoridad del país.

En resumen, Chile no necesita que la Constitución repita mandatos ya establecidos, ni que se disfracen como reformas obligaciones ya existentes. Lo que se requiere son autoridades que ejerzan sus facultades, asuman sus responsabilidades y generen resultados tangibles, en lugar de anuncios sobre preceptos ya consagrados.

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