«Esa figura no existe»: PNL rechaza fraccionamiento de presidencia del TC

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La bancada de diputados del Partido Nacional Libertario (PNL) expresó su rotundo rechazo al acuerdo alcanzado por el Pleno del Tribunal Constitucional en sesión extraordinaria del 25 de junio de 2026. La controversia radica en la elección simultánea de la ministra María Pía Silva Gallinato como presidenta “hasta el cese de sus funciones” y, de forma anticipada, a la ministra Catalina Lagos Tschorne “por el remanente del período”, hasta el 10 de julio de 2028.

Esta decisión fue comunicada días antes de la ceremonia de cambio de mando, que tuvo lugar el lunes 13 de julio y fue encabezada por el presidente José Antonio Kast. En dicha instancia, la ministra Silva juró como nueva presidenta del organismo, sucediendo a Daniela Marzi, quien había liderado la institución por dos años.

Los parlamentarios del PNL argumentan que el artículo 5° de la Ley N°17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, establece claramente que el presidente del Tribunal es elegido por mayoría absoluta de sus ministros y ejerce el cargo por un período de dos años. Según la bancada, la ley no contempla la facultad del Tribunal para dividir este período en mandatos parciales.

“La ley no faculta al Tribunal para fraccionar dicho período en mandatos parciales, ni para elegir de manera anticipada y en un mismo acto a dos presidentas sucesivas, asignando a una de ellas un supuesto ‘tiempo remanente’. Esa figura, sencillamente, no existe en nuestro ordenamiento jurídico”, señala el texto de la declaración.

La declaración de los diputados del Partido Nacional Libertario se apoya en los artículos 6° y 7° de la Constitución Política de la República. El artículo 7° subraya que los órganos del Estado solo pueden actuar válidamente dentro de su competencia y según lo prescrito por la ley, sin atribuirse derechos no conferidos expresamente. El artículo 6°, por su parte, obliga a todo órgano estatal a someterse a la Constitución y sus normativas.

Ante esto, la bancada advierte que el Tribunal Constitucional, cuya función primordial es custodiar la supremacía constitucional, se habría desviado del texto explícito de su propia Ley Orgánica al instituir un mecanismo de sucesión presidencial fraccionada.

“Resulta de la máxima gravedad institucional que sea precisamente el órgano llamado a custodiar la supremacía constitucional el que se aparte del texto expreso de su propia Ley Orgánica, creando por la vía de un simple acuerdo de Pleno un mecanismo de sucesión presidencial fraccionada que el legislador orgánico jamás estableció”, afirma el documento.

El PNL también sostiene que, si el Tribunal considera deficiente su actual régimen de presidencia, la vía correcta es proponer una reforma ante el Congreso Nacional, el único ente con potestad para modificar la Ley N°17.997, en lugar de usurpar la función legislativa mediante acuerdos internos. Además, la elección anticipada de una presidenta “por el remanente” limitaría la autonomía futura del propio Pleno.

Frente a esta situación, la Bancada del Partido Nacional Libertario ha anunciado tres acciones. Primero, enviará una comunicación al Tribunal para solicitar el fundamento normativo preciso del acuerdo y su compatibilidad con el artículo 5° de la Ley N°17.997. Segundo, evaluará todas las vías institucionales disponibles para restablecer la plena aplicación de los artículos 6° y 7° de la Constitución y de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. Finalmente, se estudiarán las adecuaciones legales necesarias para perfeccionar el procedimiento de elección y sucesión de la Presidencia del TC.

“El Estado de Derecho no admite excepciones, ni siquiera —y menos aún— respecto de quienes tienen por misión custodiarlo”, concluye la declaración, subrayando la importancia de la legalidad en todos los niveles del poder público.

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