Estado de Derecho: la contradicción de Kast tras dictamen de Contraloría

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La Contraloría General de la República ha emitido un dictamen categórico que sacude las bases de las promesas de probidad del gobierno del presidente José Antonio Kast. El organismo determinó que la entonces ministra Trinidad Steinert actuó excediendo sus atribuciones legales al solicitar información específica a la Policía de Investigaciones (PDI). Además, se señaló que debió haberse abstenido de intervenir debido a una relación previa con los funcionarios involucrados en el caso.

Esta decisión de la Contraloría, una entidad constitucional clave para fiscalizar la legalidad de los actos de la administración, contrasta directamente con las promesas de campaña de José Kast. Su plataforma política destacaba la sacralidad de la probidad, un Estado de Derecho intocable y la garantía de que nadie estaría por encima de la ley. Parecía un verdadero «catecismo republicano» que pondría fin a prácticas cuestionables y restablecería el respeto por las instituciones.

Sin embargo, el caso Steinert puso a prueba estas convicciones. Mientras la Contraloría investigaba, el presidente Kast asumió un rol de defensor de su ministra, blindándola públicamente y afirmando repetidamente que sus acciones fueron correctas y conforme a derecho. Incluso después de que el dictamen se hiciera público, el Ministro del Interior reiteró la postura oficial, minimizando la situación y sugiriendo que «aquí no había nada que ver».

Es curioso. En Chile tenemos Constitución, leyes, tribunales y Contraloría. Pero, al parecer, ahora también existe una nueva fuente del Derecho: la conferencia de prensa del presidente y sus ministros, quienes generan su propio ordenamiento jurídico e incluso peor, muchas veces, se contraponen entre ellos.

Esta percepción de que las declaraciones presidenciales pueden modificar el contenido de las leyes choca frontalmente con los principios fundamentales de la Constitución. Específicamente, los artículos 6° y 7° de la Carta Magna establecen el principio de juridicidad: las autoridades solo pueden hacer aquello que la Constitución y las leyes les permiten, ni un centímetro más. Este no es un mero consejo, sino la piedra angular del Estado de Derecho.

El artículo 8° refuerza este marco, exigiendo que el ejercicio de las funciones públicas se realice con una conducta intachable y un desempeño honesto y leal. Este mandato se desarrolla en la Ley Nº 18.575, que obliga a la probidad administrativa, la imparcialidad y, crucialmente, la abstención ante circunstancias que puedan comprometer la objetividad de una decisión. Precisamente estos principios fueron los que la Contraloría consideró vulnerados en el actuar de la exministra.

La situación expone una profunda ironía. Durante años, José Kast predicó la intransigencia de la probidad y el respeto irrestricto al Estado de Derecho como límites al poder. Su mensaje era claro: nadie estaba por encima de la ley. La contradicción surge cuando, al alcanzar la observación a un miembro de su propio gabinete, la respuesta gubernamental fue justificar, defender y relativizar, en lugar de exigir responsabilidades.

El discurso de la ley era intransable… salvo cuando resultaba políticamente inconveniente.

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