El Tribunal de Garantía de Temuco confirmó la medida cautelar de prisión preventiva contra Omar Eduardo Muñoz Tripailaf. El imputado es acusado de atropellar y causar la muerte de un motociclista de 25 años, identificado como Francisco Javier Durán Millahuán, mientras conducía bajo los efectos de la cocaína.
La defensa del conductor intentó revertir la decisión judicial, solicitando al tribunal reemplazar la prisión preventiva por otras medidas cautelares menos gravosas. Sin embargo, el juez de Garantía, Luis Olivares, desestimó la petición y ratificó que el imputado deberá permanecer recluido mientras avanza la investigación del caso.
Detalles del fatal atropello
El trágico suceso ocurrió el pasado 5 de julio de 2025 en la Avenida Caupolicán, en pleno centro de la capital de La Araucanía. Según los antecedentes recabados por el Ministerio Público, el hecho se originó tras una discusión en la vía pública entre ambos conductores.
Tras el altercado, la víctima retomó su marcha en dirección al sur, pero fue seguido por Muñoz Tripailaf. De acuerdo con la acusación fiscal, el conductor lo impactó por la parte trasera a gran velocidad, provocando su deceso instantáneo en el lugar de los hechos.
Fiscalía busca 18 años de cárcel
Para la Fiscalía, la muerte de Francisco Durán Millahuán no fue un accidente, sino una acción intencional. El Ministerio Público presentó cargos por homicidio simple y conducción bajo la influencia de sustancias estupefacientes, solicitando una pena efectiva de 18 años de cárcel para el responsable.
El examen toxicológico realizado tras la detención confirmó que Eduardo Muñoz Tripailaf conducía bajo los efectos de la cocaína al momento de arremeter contra la motocicleta. Actualmente, el caso se encuentra en etapa de investigación formal.
Nota: Este artículo describe un proceso judicial en curso. Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra, conforme al Artículo 04 del Código Procesal Penal.