En el Juzgado de Garantía de Los Andes, se desarrolla una compleja audiencia de formalización que mantiene en la mira al alcalde de Rinconada, Juan Galdames Carmona. El jefe comunal es investigado por delitos de malversación de caudales públicos, fraude al Fisco y falsificación de instrumentos públicos, ilícitos que presuntamente se habrían extendido desde el año 2022.
Junto a la autoridad edilicia, también están siendo imputados el director jurídico de la municipalidad y el secretario de Planificación Comunal. La causa principal de este proceso judicial es la compra mediante trato directo de tres terrenos destinados al municipio, una operación que, según los antecedentes expuestos, superaría los $930 millones.
Fiscalía solicita prisión preventiva
Durante la instancia, el fiscal Jorge Alfaro subrayó la gravedad de las irregularidades detectadas en la adquisición de estos bienes raíces. De acuerdo con la argumentación presentada por el Ministerio Público, los predios habrían sido adquiridos con un sobreprecio de hasta un 3.000%, motivo por el cual se ha solicitado la medida cautelar de prisión preventiva para los tres funcionarios involucrados.
La Fiscalía ha fundamentado su solicitud de prisión preventiva basándose en la naturaleza de los delitos imputados y la presunta participación activa de los tres funcionarios en la gestión de compra directa, la cual, según las investigaciones, generó un perjuicio patrimonial significativo para el erario comunal.
Próximos pasos del caso
La audiencia de formalización, que inició con la exposición de los cargos, continuará durante la mañana de este viernes con las réplicas de las defensas de los acusados. Por su parte, el Poder Judicial ha informado que la resolución definitiva sobre las medidas cautelares, incluida la posible prisión preventiva, se dará a conocer públicamente durante la mañana de este sábado.
Cabe recordar que este artículo describe un proceso judicial en curso. Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual, bajo el amparo del Artículo 04 del Código Procesal Penal, no se debe considerar a los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte una sentencia condenatoria en su contra.