CAE y retención: Contraloría ordena devolver dinero a trabajadora

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Un reciente dictamen de la Contraloría General de la República (CGR) marca un precedente clave para los trabajadores independientes que mantienen deudas por el Crédito con Aval del Estado (CAE). El organismo contralor ordenó a la Tesorería General de la República revertir la retención de impuestos aplicada a una profesional, priorizando el cumplimiento de sus obligaciones previsionales por sobre el pago del beneficio estudiantil.

El conflicto surgió cuando una trabajadora independiente, que emitió boletas de honorarios a la Municipalidad de Chonchi, denunció que la Tesorería retuvo su devolución de impuestos correspondiente al año 2023. Según el requerimiento presentado por la afectada, estos recursos estaban originalmente destinados a cubrir sus cotizaciones previsionales obligatorias, viéndose obligada a costearlas finalmente con dinero propio tras la retención aplicada para compensar su deuda del CAE.

¿Qué determinó la resolución de Contraloría?

Tras analizar los antecedentes del caso, el ente contralor emitió un dictamen con fecha del 12 de mayo de este año. En el documento, la Contraloría estableció que existe una jerarquía legal que obliga a dar preeminencia al pago de las cotizaciones previsionales frente al cobro administrativo del financiamiento estudiantil.

La resolución es tajante: la Tesorería deberá adoptar todas las medidas necesarias para reintegrar los recursos que fueron retenidos de manera indebida. Asimismo, el organismo instruyó dejar sin efecto la compensación realizada sobre los fondos, dado que el carácter alimentario de las cotizaciones protege dichos montos de ser absorbidos por deudas de otra naturaleza, incluso las relacionadas con el crédito universitario.

Este fallo abre una interrogante sobre cuántos otros trabajadores independientes han enfrentado situaciones similares en las recientes operaciones renta. La instrucción de la CGR no solo beneficia a la afectada en el caso de la Municipalidad de Chonchi, sino que sienta un criterio administrativo que la Tesorería deberá considerar en procesos de fiscalización y retención futuros, marcando un freno a la automatización del cobro de deudas cuando hay seguridad social de por medio.

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