Profesores de religión evangélica: Corte frena exigencias del Mineduc

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La Corte de Apelaciones de Santiago dio un respiro a los docentes de religión evangélica al acoger una orden de no innovar, la cual frena las medidas administrativas impulsadas por el Ministerio de Educación y la Superintendencia de Educación. Este recurso de protección fue interpuesto por el Colegio de Profesores y Profesionales de Chile A.G. en conjunto con el Centro Cristiano Servicio Evangélico, buscando revertir una exigencia que consideran inaplicable en el actual sistema académico.

¿Por qué se cuestiona el requisito del Mineduc?

El conflicto legal surge debido a una normativa que exige un título de pedagogía para desempeñarse como profesor de religión. El gremio argumenta que en Chile no existe una carrera de pedagogía en religión evangélica reconocida oficialmente. Según Gabriel Fuentealba, presidente del Colegio de Profesores, esta contradicción estructural crea un vacío regulatorio que impide a los docentes cumplir con los estándares exigidos.

El recurso busca que se revise una situación que, a nuestro juicio, presenta una inconsistencia normativa relevante. No es posible exigir un requisito que no cuenta con una vía de formación reconocida en el sistema, afirmó Gabriel Fuentealba.

El dirigente señaló que las autoridades educacionales están definiendo estándares que, en la práctica, resultan inejecutables. La acción judicial no solo cuestiona la validez de estos requisitos, sino que busca proteger el derecho de las familias a elegir la formación religiosa para sus hijos conforme a sus creencias.

Alcances de la medida judicial

La orden de no innovar dictaminada por la justicia implica que, mientras dure el proceso, se paraliza el rechazo de habilitaciones docentes y se detienen las desvinculaciones. El gremio estima que esta resolución judicial resguarda a más de 200 docentes que ya estaban siendo afectados directamente, además de proteger a miles de profesionales que se encontraban en una situación de riesgo laboral.

La Primera Sala de la Corte, integrada por el ministro Guillermo de la Barra (presidente), el ministro suplente Pablo Toledo González y el abogado integrante Rafael Plaza Reveco, ordenó además que la División de Educación General del Mineduc y la Superintendencia de Educación entreguen un informe detallado. Las instituciones tienen un plazo de cinco días hábiles para remitir todos los antecedentes en su poder sobre este caso.

Por ahora, los docentes evangélicos mantienen su estabilidad laboral a la espera de la resolución del fondo del recurso. La clave del desenlace dependerá de cómo las autoridades respondan ante la justicia sobre la inexistencia de una vía de formación académica reconocida para esta especialidad.

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