La Corte de Apelaciones de Arica ha ratificado la sentencia que condena a la aerolínea JetSmart SpA a pagar una multa de 300 UTM (aproximadamente $20.594.100) y una indemnización de $1.098.503 por daño emergente y moral a una clienta que compró un pasaje para un vuelo que nunca existió.
En un fallo unánime, la Primera Sala del tribunal confirmó la sentencia dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Arica, que estableció que la aerolínea ofreció un vuelo de Arica a Santiago que no tenía programado. La Corte señaló que «no hay incumplimiento más grave que ofrecer un servicio que se sabe con antelación que no se otorgará, lo que no configura un incumplimiento parcial o defectuoso, sino uno total».
Afectación a la seguridad de la pasajera
Según el fallo, el hecho no solo generó una incomodidad para la denunciante, «sino que afectó su propia seguridad», ya que se vio obligada a permanecer al menos diez horas en las dependencias del aeropuerto de Chacalluta, que en esa fecha se encontraba en construcción y «ni siquiera contaba con las comodidades mínimas para esa espera», sin acceso a alimentación ni asistencia del personal de la empresa.
Confirmación de la sentencia
La sala integrada por las ministras Claudia Arenas González, Juana Ríos Meza y el abogado (i) Alexis Mondaca Miranda resolvió confirmar la sentencia, rechazando el recurso de apelación presentado por la defensa de la aerolínea.
Este caso pone de manifiesto la importancia de que las aerolíneas cumplan con sus obligaciones contractuales y ofrezcan servicios reales a los pasajeros, evitando generar situaciones que puedan afectar su seguridad y bienestar.