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¡Expertos Denuncian Injusta Exclusión de Tarjetas Prepago No Bancarias de la Norma de ’50 Transferencias’!

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Expertos Critican Exclusión de Tarjetas Prepago No Bancarias de la Norma de ’50 Transferencias’

En un movimiento que ha generado gran controversia, el Gobierno ha decidido excluir a las tarjetas prepago no bancarias de la nueva normativa de las ’50 transferencias’, una medida que busca recaudar más de 4 mil millones de dólares extra para las arcas fiscales. Según expertos, esta decisión es un error que podría generar una competencia desleal entre entidades bancarias y no bancarias, afectando a los contribuyentes.

La Norma de las ’50 Transferencias’

La nueva normativa, que forma parte central de la Ley de Cumplimiento Tributario y del Pacto Fiscal del Gobierno, permite a los bancos informar al Servicio de Impuestos Internos (SII) sobre contribuyentes que reciban 50 transferencias de diferentes personas en un día, semana o mes. El objetivo es detectar a quienes realizan actividades comerciales por las cuales deberían estar pagando impuestos.

La Exclusión de las Tarjetas Prepago No Bancarias

Sin embargo, hay un grupo que queda fuera de esta definición: las tarjetas prepago de entidades no bancarias. Mientras que las cuentas prepago bancarias, como MACH de BCI, estarán sujetas a la obligación de reportar las ’50 transferencias’, otras plataformas como Tenpo, Mercado Pago y Copec Pay, que son emisores no bancarios, quedarán fuera de esta obligación según el Código Tributario.

La Opinión de los Expertos

El analista económico de la Universidad Andrés Bello y Open BBK, Alejandro Urzua, calificó como un error esta decisión de dejar fuera a las tarjetas prepago de entidades no bancarias. Por su parte, el economista Carlos Smith afirmó que hay competencia desleal, ya que quienes tienen cuentas en entidades bancarias sujetas a fiscalización enfrentarán una mayor carga tributaria.

La Posición del SII

La subdirectora de Fiscalización del SII, Carolina Saravia, precisó que la información que reciba el Servicio será un elemento para realizar análisis y detectar a quienes realizan actividades comerciales por las cuales deberían estar pagando impuestos. Según indica la norma, la información deberá ser remitida al Servicio de manera semestral dentro de los meses de julio y enero respecto del semestre inmediatamente anterior, teniendo como fecha de partida en enero de 2025 respecto del segundo semestre de 2024.

Conclusión

La exclusión de las tarjetas prepago no bancarias de la norma de las ’50 transferencias’ ha generado una gran controversia entre los expertos, quienes consideran que esta decisión es un error que podría generar una competencia desleal y afectar a los contribuyentes. Es importante que el Gobierno revise esta medida y busque una solución justa y equitativa para todas las entidades, con el fin de garantizar una recaudación tributaria eficiente y transparente.

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