¿Eres un Vocal de Mesa Obligado? Descubre Cómo Excusarte Legalmente y Evitar Sanciones
Si has sido designado como vocal de mesa para las próximas elecciones municipales y regionales del 26 y 27 de octubre, es importante que conozcas tus derechos y obligaciones. En este artículo, te explicaremos cómo y cuándo puedes excusarte legalmente, las causales válidas para hacerlo y las sanciones que podrías enfrentar si no cumples con tu deber.
¿Qué es ser vocal de mesa y por qué es obligatorio?
Ser vocal de mesa es una labor clave en el proceso electoral, ya que los vocales son los encargados de recibir y custodiar los votos de los electores. Esta función es obligatoria para todos los habilitados para votar, con el fin de garantizar la transparencia y el correcto desarrollo de las elecciones.
¿Cómo y cuándo puedes excusarte de ser vocal de mesa?
Si te has visto imposibilitado de ejercer tu función como vocal de mesa, tienes un plazo entre el lunes 7 y el miércoles 9 de octubre para presentar tu excusa por escrito ante el secretario de la Junta Electoral correspondiente. Las excusas deben estar respaldadas por alguna de las causales contempladas en la Ley 18.700, como:
- Ser designado miembro del colegio escrutador.
- Estar ausente del país o radicado a más de 300 kilómetros de distancia.
- Tener más de 70 años de edad.
- Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función.
- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días que las elecciones.
- Ser una persona embarazada.
- Ser padre o madre de un hijo menor de 5 años.
- Estar al cuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o de una persona en situación de discapacidad.
¿Qué pasa si no cumplo con mi deber como vocal de mesa?
El incumplimiento de la obligación de ser vocal de mesa conlleva sanciones que pueden ir desde multas de 2 a 8 UTM (entre $132.000 y $531.000). Por lo tanto, es crucial que si te encuentras en alguna de las causales de excusa, las hagas valer a tiempo y de manera formal.
Conclusión
Ser vocal de mesa es una responsabilidad cívica importante, pero también entendemos que pueden presentarse situaciones que imposibiliten su cumplimiento. Si te has visto en esta situación, no dudes en hacer uso de tus derechos y excusarte legalmente. Recuerda que el plazo para hacerlo es del 7 al 9 de octubre, y que el incumplimiento puede acarrear sanciones económicas. ¡Infórmate bien y evita problemas!
Referencias
Ley 18.700 sobre Votaciones Populares y Escrutinios.
Información oficial del Servicio Electoral de Chile (Servel).