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Clínica Las Condes Sancionada por Incumplir Normativa sobre Dividendos no Reclamados

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Clínica Las Condes Sancionada por Incumplir Normativa sobre Dividendos no Reclamados

Clínica Las Condes Sancionada por Incumplir Normativa sobre Dividendos no Reclamados

En un golpe a la transparencia y la responsabilidad corporativa, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) ha sancionado a Clínica Las Condes S.A. con una multa de 50 Unidades de Fomento (UF), equivalente a aproximadamente $1,9 millones, por infringir las normativas relacionadas con la entrega de información sobre dividendos no reclamados por sus accionistas.

Según la resolución emitida por la CMF, Clínica Las Condes no cumplió con las disposiciones establecidas en los Oficios Circulares N°1891 de 1993 y N°635 de 2010, que exigen que las sociedades anónimas informen a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos los dividendos no reclamados que, según la ley, les pertenecen si no son retirados por los accionistas dentro de un plazo de cinco años.

"Este incumplimiento dificulta que los Cuerpos de Bomberos puedan conocer oportunamente las cantidades de dinero que deberían recibir por estos dividendos caducos", detalló la CMF en un comunicado.

La infracción se refiere específicamente a los dividendos N° 41, 42 y 43, los cuales no se comunicaron dentro del plazo estipulado. Clínica Las Condes tenía la obligación de informar a Bomberos sobre los montos acumulados que debían ser entregados, según la normativa vigente.

Clínica Las Condes argumentó durante el proceso que los fondos correspondientes a los dividendos caducados se encontraban depositados en el Depósito Central de Valores (DCV), pero no demostraron que se hubiese informado de manera oportuna a la Junta Nacional de Bomberos, como lo establece la normativa.

La Ley de Sociedades Anónimas estipula que los dividendos no reclamados por los accionistas dentro de cinco años pasan a ser propiedad de los Cuerpos de Bomberos. En este caso, Clínica Las Condes no notificó a tiempo sobre los dividendos caducos, lo que afectó el control de los recursos destinados a Bomberos.

La CMF señaló que este tipo de sanciones buscan garantizar la transparencia en la entrega de información y el correcto destino de estos fondos, reforzando el cumplimiento de las normativas que protegen los derechos de los Cuerpos de Bomberos respecto a los dividendos no cobrados.

Clínica Las Condes aún tiene la opción de presentar un recurso de reposición ante la CMF o interponer un reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago dentro de los plazos legales correspondientes.

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