¡Descubre la nueva ley que protege a los sobrevivientes de cáncer!
Este martes 13 de febrero, el Diario Oficial publicó la Ley de Olvido Oncológico, la cual garantiza que personas que hayan padecido cáncer no sufran discriminación financiera y laboral luego de superar aquella enfermedad. Las personas pueden acceder a esta ley cinco años después de recibir el alta médica.
En concreto, la iniciativa agrega un nuevo artículo a la Ley Nacional del Cáncer, el cual tiene que ver con el derecho al olvido oncológico. Específicamente, el articulado anula las cláusulas de exclusión, de renuncias y sobreprimas. Sumado a ello, prohíbe pedir información oncológica después de cinco años del alta clínica, y junto con ello, establece sanciones a las aseguradoras o isapres que no cumplan con dicha medida.
El texto señala que serán nulas las estipulaciones, condiciones más onerosas, exclusiones, restricciones o discriminaciones de cualquier otro tipo destinadas a quien haya sufrido una patología oncológica antes de la fecha de suscripción del contrato o negocio jurídico. Norma que se aplica cuando hayan transcurrido cinco años desde el término del tratamiento sin recaída posterior.
Por otra parte, la Ley del Olvido Oncológico establece la anulación de las cláusulas de renuncia a este derecho. Su incumplimiento dará lugar a las denuncias o acciones correspondientes, destinadas a sancionar a quien incurra en esta infracción. En ese sentido, la sanción implicará con dejar sin efecto las cláusulas abusivas y la obtención de prestación de la obligación cumplida. De esta forma, finalizará el acto que afecte el ejercicio de los derechos de la persona afectada y tendrá derecho a recibir una indemnización de perjuicios o la reparación que corresponda.