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Descubre cómo cobrar los fondos de la AFP de personas fallecidas

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Descubre cómo cobrar los fondos de la AFP de personas fallecidas
04 DE AGOSTO DE 2020/VALPARAISO Vista de carteles de AFP Cuprum, Modelo, PlanVital y Provida, luego que el Liceo Matilde Brandau fuera habilitado por la autoridad como local de informacion e inscripcion para el proceso de retiro de parte de los fondos de pensiones. FOTO: LEONARDO RUBILAR CHANDIA/AGENCIAUNO

¿Cómo cobrar los fondos de la AFP de personas fallecidas?

En Chile, las jubilaciones de los trabajadores funcionan bajo un sistema de ahorro individual. Mensualmente, el empleador descuenta alrededor del 10% del sueldo para enviarlo a la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), quienes realizan inversiones con tus aportes, con el fin de obtener una rentabilidad que permita incrementar el valor de las pensiones.

Pero, ¿qué sucede con los montos acumulados si la persona muere? ¿Cómo se cobran los fondos de la AFP de personas fallecidas? La Superintendencia de Pensiones, indica en su sitio web que ‘en caso de fallecimiento, los recursos acumulados en la cuenta de capitalización individual se utilizan para pagar las pensiones que correspondan a los beneficiarios legales, en caso que los hubiere’. ‘De no existir esas personas beneficiarias legales, esos recursos previsionales pasan a formar parte de los bienes de la o el afiliado fallecido, constituyendo herencia. Ahora bien, si la o el afiliado fallecido no tiene herederos, en última instancia, el beneficiario es el Estado’, agrega la institución.

¿Quiénes pueden acceder a los fondos de la AFP de una persona fallecida?

Reciben pensión de sobrevivencia:

  • El o la cónyuge.
  • El o la conviviente civil.
  • Hijo soltero (hasta los 24 años si es que estudia y si no estudia hasta los 18 años).
  • Los padres de la o el afiliado fallecido serán beneficiarios sólo en el caso que falten todas las personas antes mencionadas.

Por el contrario, si el pozo no alcanza para transformarlos en pensión, el dinero podrá ser retirado como una Pensión Básica Solidaria, equivalente a $107.000 hasta que el fondo se termine.

¿Qué fondos pueden ser heredables?

Según el Decreto de Ley 3.500 de la Superintendencia de Pensiones, los fondos que constituyen herencia son:

  • Dineros acumulados en la cuenta de capitalización individual.
  • Depósitos convenidos.
  • Alternativas de Ahorro Previsional Voluntario individual o colectivo.

Estos dineros pueden ser heredados si el fallecido no cuenta con beneficiarios de pensión de sobrevivencia. Es decir, pueden ser cobrados por los herederos que son mayores de 24 años y no es entregado como pensión, sino que se entrega el monto completo.

¿Dónde se puede revisar si un fallecido tiene dinero?

Debes ingresar a ESTE LINK de la Superintendencia de Pensiones y escribir el RUT de la persona fallecida. La información entregada por la plataforma indicará si es que el fallecido tiene fondos y en qué AFP, pero no informará el monto. Posterior a ello, la persona que crea ser el beneficiario podrá dirigirse a la AFP correspondiente para ver si le corresponde una pensión de sobrevivencia o una herencia. Es importante consignar que la información se podrá entregar dependiendo del vínculo o parentesco del solicitante con el fallecido, según explicó la Asociación de AFP a través del portal Previsión para todos.

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