La Corte Suprema dictaminó que Enel Distribución y Enel Colina deben compensar a 127.756 clientes de la Región Metropolitana. Esta medida responde a los prolongados cortes de luz que afectaron a los usuarios entre el 29 de enero y el 21 de febrero de 2021.
La sentencia del máximo tribunal llega tras una demanda colectiva interpuesta por el Sernac. La acción legal se inició luego de que ambas empresas rechazaran ofrecer una compensación adecuada a los afectados.
Carolina González, directora nacional del Sernac, enfatizó que “en el mercado eléctrico los consumidores que son afectados por cortes prolongados de suministro tienen derecho a ser compensados por las empresas de acuerdo a la Ley del Consumidor”, más allá de las multas que puedan aplicarse.
Cada uno de los cerca de 128 mil clientes recibirá una indemnización de $50 mil por daño moral. A este monto se sumarán compensaciones específicas, calculadas según el tiempo sin suministro y los gastos generados por el corte, como la compra o pérdida de alimentos.
Un grupo de 52.262 clientes, quienes estuvieron más de cuatro horas continuas sin luz en un periodo de 24 horas, obtendrá una compensación adicional de 0,15 UTM (aproximadamente $10 mil). Otros 75.494 clientes, afectados por menos de cuatro horas continuas, también recibirán una compensación más 0,15 UTM por la misma causal.
El pago de estas indemnizaciones se realizará de forma automática, con los reajustes e intereses correspondientes, mediante abonos directos a los clientes una vez que la sentencia quede ejecutoriada. Además de las compensaciones, Enel Distribución y Enel Colina deberán pagar una multa de 1.500 UTM, que supera los $108 millones, por infringir la Ley del Consumidor.
El proceso legal que llevó a esta condena comenzó con la demanda del Sernac en el 4° Juzgado Civil de Santiago. Este tribunal acogió los argumentos de la parte demandante y estableció las responsabilidades y compensaciones. Posteriormente, la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sentencia de primera instancia. Finalmente, la causa llegó a la Corte Suprema a través de recursos de casación en el fondo, los cuales fueron desestimados, confirmando el fallo favorable para los consumidores.