Un empresario fue condenado por el Tercer Tribunal Ambiental debido al impacto de cuatro proyectos inmobiliarios en la costa de Valdivia. La resolución judicial exige la elaboración de un plan de recuperación para mitigar el daño ambiental, que incluye el corte no autorizado de árboles y la destrucción del suelo.
La causa se inició en 2022, tras denuncias presentadas por comunidades mapuches y residentes de las localidades de Niebla y Los Molinos. Estas acusaciones apuntaban a afectaciones generadas por las obras bajo el control de Emilio Pino, a través de sus empresas Sociedad Agrícola Kuriñanco y la Inmobiliaria Pilolcura.
En respuesta a estos antecedentes, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) presentó una demanda contra el empresario por daño ambiental, específicamente en sus proyectos ubicados en sectores costeros de Valdivia, como Los Pellines, Los Molinos y Pilolcura.
Después de más de cuatro años de tramitación, el Tercer Tribunal Ambiental sentenció a Emilio Pino. La condena se basa en la pérdida de suelo y el corte de árboles sin la debida autorización, así como la construcción de caminos durante la ejecución de los proyectos inmobiliarios.
Adicionalmente, se constató que uno de los proyectos restringió el acceso a rutas y senderos tradicionales, vitales para la extracción de recursos y las prácticas culturales de una comunidad mapuche. Como resultado, se le ha ordenado a Pino presentar un Plan de Reparación de Daño Ambiental en un plazo de 60 días.
En declaraciones, Pino afirmó que su equipo está tranquilo con el fallo y que acatará la decisión del tribunal, señalando que ya trabajan en el plan. “Voy a acatar la sentencia, voy a hacer el plan de reparación y voy a hacer las obras porque es lo que teníamos nosotros considerado. De hecho, ¿por qué se da este plan de reparación? Porque los caminos estaban inconclusos, porque yo estaba en proceso de construcción”, explicó el empresario.
El plan deberá incluir un diagnóstico ambiental detallado sobre la degradación del suelo y registros geológicos en las zonas intervenidas. También deberá incorporar medidas de control de erosión, estabilización de suelos, reforestación y la creación de una mesa de trabajo con las comunidades indígenas afectadas.
A pesar de su aceptación del fallo, el representante de ambas inmobiliarias manifestó la posibilidad de presentar un recurso de casación ante la Corte Suprema, aunque condicionado a que el Consejo de Defensa del Estado también recurra al máximo tribunal. Esto se debe a que el Tercer Tribunal Ambiental desestimó la afectación al recurso hídrico, punto que era parte de la demanda inicial.
La sentencia definitiva ratifica el daño ambiental causado por los cuatro proyectos inmobiliarios, los cuales permanecen paralizados por una medida cautelar que detuvo las faenas mientras se resolvía la acción legal.