Indemnización a todo evento: ¿cómo afectaría la nueva propuesta?

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El ministro del Trabajo y Previsión Social, Tomás Rau, ha entregado detalles sobre la propuesta del Gobierno para modificar el sistema de indemnizaciones por años de servicio. La iniciativa, que se presentará “pronto” en el Congreso —posiblemente en los próximos uno o dos meses—, busca reemplazar el modelo actual por una “indemnización a todo evento”.

Esta reforma nace de la necesidad de abordar el alto costo financiero que el sistema vigente representa para las empresas en Chile, el cual supera significativamente el promedio observado en países de la OCDE. Además, el ministro Rau destacó que, bajo el esquema actual, la indemnización por necesidades de la empresa se aplica solo en un 20% de los despidos, y de ese porcentaje, únicamente un 14% de los trabajadores resulta elegible para recibirla.

Actualmente, los trabajadores tienen derecho a indemnización por años de servicio cuando son despedidos por causales de necesidades de la empresa (Artículo 161 del Código del Trabajo), por desahucio del empleador, por autodespido o si un juez dictamina que el despido fue injustificado. En estos casos, se paga un sueldo por cada año trabajado, con un tope de 11 años.

Sin embargo, no se contempla indemnización en situaciones de renuncia voluntaria del trabajador, despido por culpa del empleado (Artículo 160 del Código del Trabajo) o al término de un contrato a plazo fijo, a menos que existiera un acuerdo previo.

Aunque el proyecto se encuentra aún en fase de elaboración, el ministro Tomás Rau adelantó algunas claves de lo que busca incorporar el Ejecutivo. La propuesta central contempla:

“Lo que nosotros estamos evaluando es una cotización a cargo del empleador, que es menor, en torno al 1.8%, que va a ir a una cuenta –puede ser el seguro de cesantía, algo así– y que va a ir acumulando rentabilidad”.

Este nuevo esquema buscaría inyectar recursos al seguro de cesantía, y la indemnización resultante sería menor, alineándose con el promedio de la OCDE. El ministro indicó que se estima “algo así como medio mes por año, pero a todo evento, para el 100% de los contratos indefinidos”.

Es importante señalar que la medida no tendrá carácter retroactivo, por lo que solo aplicaría a los contratos de trabajo que se pacten después de que la ley entre en vigencia, una vez que sea aprobada por el Congreso.

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