Hospital de Iquique pagará $100 millones por falso diagnóstico de cáncer

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Fallo judicial contra el Hospital Regional Dr. Ernesto Torres Galdames

El Tercer Juzgado de Letras de Iquique emitió un fallo histórico tras confirmar una negligencia médica por diagnóstico erróneo de cáncer que afectó a una paciente durante más de cuatro años. La justicia ordenó al Hospital Regional Dr. Ernesto Torres Galdames y al Servicio de Salud de Tarapacá desembolsar un total de $100 millones como indemnización por la falta de servicio.

De esta cifra total, $60 millones corresponden a la paciente, quien fue sometida a un tratamiento injustificado, mientras que los $40 millones restantes son para su hija, quien ejerció como cuidadora durante todo el complejo proceso. El tribunal determinó que existió un actuar irregular, negligente y tardío en la realización de biopsias y exámenes clínicos fundamentales.

Cinco años de una negligencia médica prolongada

El caso se remonta a 2019, cuando un médico dictaminó que la mujer padecía un cáncer urotelial de uréter derecho. El cuadro clínico fue calificado inicialmente como una patología «imposible de resolver» debido a los problemas cardiacos de la paciente. Sin embargo, ya en 2020 surgieron las primeras alertas sobre el error, pues no se presentó biopsia alguna que respaldara dicha enfermedad.

El tribunal citó el artículo 10 de la Ley 20.584, subrayando que el recinto asistencial ignoró los protocolos del Ministerio de Salud. Entre las faltas críticas se menciona la omisión de un examen Urotax y la nula realización de pruebas imagenológicas o radiológicas necesarias para confirmar o descartar el diagnóstico antes de iniciar cualquier tratamiento.

Daño psicológico y falta de información

El fallo judicial es contundente respecto al impacto en la calidad de vida de las víctimas. Se establece que la negligencia no se limitó a un diagnóstico equivocado, sino que incluyó una omisión sistemática de información adecuada a la familia. Durante cuatro años, la paciente permaneció prácticamente en cama, esperando su fallecimiento bajo el peso de un cáncer que nunca tuvo.

Desde una perspectiva forense, el tribunal confirmó que la mujer presenta indicadores de daño psicológico, expresado en niveles de estrés crónico, vulnerabilidad y alteraciones conductuales. La resolución recalca que el sufrimiento derivado de esta negligencia es inaceptable y justifica la reparación económica tanto para la paciente como para su hija, quien actuó como cuidadora principal en este marco de desprotección institucional.

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