Evasores del transporte público: nuevas sanciones que limitan derechos

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La Contraloría General de la República (CGR) oficializó la Ley N.º 21.816 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), normativa que introduce cambios radicales a la Ley N.º 18.290. El objetivo central es endurecer la fiscalización y las sanciones contra quienes evaden el pago en el transporte público remunerado de pasajeros.

Desde este miércoles 27 de mayo, la nueva regulación establece que el ingreso a los buses deberá realizarse obligatoriamente por la puerta delantera, salvo excepciones autorizadas por el MTT. Aquellos que ignoren esta norma serán considerados como pasajeros que no pagaron su tarifa, quedando sujetos a multas.

Nuevas medidas y control de infractores

Si se confirma que un usuario no pagó su pasaje, Carabineros de Chile, inspectores fiscales y municipales deberán exigir el pago de una tarifa recargada. En caso de que el pasajero se niegue a cancelar, será obligado a abandonar el vehículo, se le notificará la infracción y los antecedentes serán remitidos a la Subsecretaría de Transportes para su inscripción en el Registro de Pasajeros Infractores.

Las consecuencias de estar en esta lista son severas. El Servicio de Registro Civil e Identificación consultará esta base de datos antes de tramitar cualquier solicitud de pasaporte. Si el solicitante figura en el registro, el servicio tendrá la facultad de rechazar el trámite de renovación o emisión del documento en el acto.

Restricciones en el deporte y control de beneficios

La normativa también impacta el ámbito recreativo: se prohibirá la venta de entradas y el ingreso a recintos deportivos para partidos de fútbol profesional a quienes integren el Registro de Pasajeros Infractores. Para implementar esta medida, el MTT enviará periódicamente la nómina actualizada de infractores al Ministerio de Seguridad Pública.

Respecto a los usuarios con tarifas rebajadas, la ley faculta a Carabineros, inspectores fiscales, municipales y personal de Metro S.A. y de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado (EFE) para fiscalizar el uso de tarjetas con beneficios. Si se detecta un uso indebido, el mecanismo será inutilizado y el titular quedará anotado en el Registro de Usuarios. En caso de una segunda falta, se aplicará la suspensión de la rebaja o exención de tarifa por un periodo de entre uno y dos años.

Actualmente, el sistema se prepara para la implementación técnica de estas restricciones tras la toma de razón de la Contraloría. ¿Serán suficientes estas medidas para frenar la evasión en el transporte público o los infractores buscarán nuevas formas de eludir la fiscalización?

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