Subsecretario Pavez aclara exigencias para reportar migrantes irregulares

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Precisiones ante la polémica por el acceso a datos de migrantes

El subsecretario del Interior, Máximo Pavez, salió al paso de las críticas que generó la propuesta del Ejecutivo. La iniciativa, que busca que instituciones de salud, previsionales y de educación entreguen información sobre migrantes irregulares, ha despertado diversos reparos. Ante este escenario, la autoridad aclaró que el acceso a estos datos se activará únicamente «cuando se verifica un proceso de expulsión».

En una entrevista concedida a Tele13 Radio, Pavez explicó los alcances técnicos de la medida. Según detalló, la expulsión administrativa es un procedimiento formal que sigue pasos estrictos. Todo proceso se inicia con una notificación personal, la cual debe realizarse en el domicilio proporcionado por el ciudadano extranjero al Estado de Chile al momento de su ingreso o registro.

El problema de la notificación y el rol de las instituciones

El subsecretario fue enfático en señalar un obstáculo crítico que enfrenta la administración actual. «Cuando nosotros queremos notificar y empezar a echar andar el proceso, las personas muchas veces cambian su domicilio y no tenemos cómo continuar el procedimiento», aseguró Pavez. Es precisamente ante esta dificultad logística que se busca acudir a instituciones de salud, previsionales y educacionales.

El objetivo de estas solicitudes de información es estrictamente localizatorio: «Saber dónde están las personas para poder materializar los procedimientos de expulsión». De este modo, la autoridad pretende destrabar procesos que actualmente quedan en pausa por la falta de un domicilio actualizado donde realizar la notificación legal correspondiente.

¿Existe una obligación de denuncia general?

Para despejar dudas, Pavez aclaró que no se trata de una fiscalización indiscriminada. «Aquí no hay una obligación de reporte ni de denuncia. Eso no es así, nunca ha sido así. No está en el texto», puntualizó. La autoridad competente, ya sea la Policía de Investigaciones (PDI) o el Servicio Nacional de Migraciones, solo podrá oficiar reservadamente a instituciones públicas o privadas cuando ya exista un proceso abierto contra una persona específica.

En este sentido, el subsecretario reiteró que la información obtenida tiene un fin administrativo único: permitir que el Estado concrete las notificaciones legales necesarias para que las expulsiones puedan ser ejecutadas sin dilaciones burocráticas, manteniendo siempre el carácter de reservado para dichas consultas.

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