En los últimos años, más de 470 mil contribuyentes en promedio no han realizado el trámite de Término de Giro ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), a pesar de llevar más de 18 meses de inactividad. Esta situación ha generado una deuda de impuestos pendientes de pago y ha llevado al SII a aplicar 46,649 multas por un total de más de $2,900 millones.
Para hacer frente a este problema, la Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias ha introducido una serie de cambios clave en el proceso de Término de Giro, con el objetivo de agilizar el trámite y evitar la evasión fiscal. Estos cambios incluyen:
Procedimiento Simplificado para Pymes
Las empresas del Régimen Propyme General o Transparente ahora cuentan con un proceso especial de Término de Giro, que les permite realizar el trámite en un plazo de un mes. Además, se establece que los propietarios, accionistas, socios o comuneros se harán responsables solidariamente de todos los impuestos adeudados por la empresa.
Facultad del SII para Finalizar el Proceso
El SII ahora tiene la facultad de poner fin al procedimiento de Término de Giro si el contribuyente no aporta los antecedentes solicitados durante la revisión. Esto le permite al Servicio garantizar el cobro de los impuestos adeudados antes de que se aplique la prescripción legal.
Término de Giro por Resolución
El SII mantiene la facultad de realizar el Término de Giro de oficio a contribuyentes que registren un período extenso sin declaraciones de impuestos. Sin embargo, este período se ha reducido de 36 a 6 meses, lo que comenzará a regir a partir de mayo de 2025.
Estos cambios buscan hacer más ágil, simple y eficiente el procedimiento de Término de Giro, al tiempo que fortalecen las herramientas del SII para evitar la evasión fiscal y garantizar el cobro de los impuestos adeudados. Es importante que los contribuyentes estén al tanto de estas nuevas reglas y cumplan con el trámite a tiempo, para evitar multas y mantener sus finanzas en orden.