El Ministerio de Educación presentó a la Contraloría General de la República el reglamento que autoriza a los establecimientos educacionales a implementar detectores de metales y otras tecnologías para identificar armas y elementos peligrosos. Este documento detalla las condiciones bajo las cuales los colegios podrán incorporar estos dispositivos, en respuesta a las preocupaciones por la seguridad en las comunidades escolares y la presencia de objetos prohibidos.
La instalación de estos sistemas no será automática. Los sostenedores deberán justificar su necesidad presentando antecedentes que acrediten riesgos específicos y demostrando que las medidas propuestas son proporcionales e idóneas. El reglamento contempla el uso de detectores de metales, dispositivos manuales y sistemas automatizados de detección de amenazas.
Para proteger la privacidad de los estudiantes, la normativa impone restricciones claras. Los equipos no podrán generar imágenes del cuerpo ni utilizar tecnologías de reconocimiento facial o biométrico. Esta medida busca equilibrar la seguridad con el respeto a los derechos individuales.
“En donde las comunidades consideren que el detector les podría dar alguna tranquilidad y un alivio momentáneo, nunca nos hemos opuesto a que eso pueda implementarse, pero proponerlo, como se hizo en un momento, como la solución al problema de violencia, es sencillamente un exceso”
Mario Aguilar, presidente del Colegio de Profesores, aunque no se opone frontalmente a la medida, la considera excesiva en su planteamiento general. Por su parte, Ingrid Olea, directora ejecutiva de Educación 2020, señaló una incoherencia en el reglamento: mientras regula la aprobación de la instalación, no aborda qué sucede con el estudiante cuando la alarma se activa. Además, criticó que, a diferencia de la revisión de mochilas, un pórtico diario no requiera rendición de cuentas.
Los establecimientos que deseen implementar estas tecnologías deberán elaborar un protocolo interno que describa su funcionamiento y los procedimientos a seguir ante la detección de elementos peligrosos. Adicionalmente, se exigirá un informe técnico de la Subsecretaría de Prevención del Delito y la aprobación de la Subsecretaría de Educación.
La normativa también establece garantías para los estudiantes, como la obligación de informar previamente a la comunidad educativa y comunicar a los apoderados en caso de detectar elementos peligrosos. Los procedimientos deberán respetar la privacidad, evitar la discriminación arbitraria y siempre considerar el interés superior de niños, niñas y adolescentes.
Una vez que la Contraloría revise el reglamento y se completen los trámites administrativos, los establecimientos podrán iniciar las solicitudes para instalar estos dispositivos. El objetivo final es reforzar la seguridad escolar, siempre bajo las condiciones y resguardos establecidos por la nueva normativa.