La Corte de Apelaciones de Concepción ha validado el castigo impuesto por la Universidad San Sebastián (USS) a un estudiante denunciado por acoso sexual durante una bienvenida mechona. En un fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal desestimó la acción judicial interpuesta por el alumno, que buscaba revertir las sanciones disciplinarias de la casa de estudios.
La resolución, firmada por los ministros Hadolff Ascencio, Fabio Jordán y la ministra Jimena Troncoso, confirmó que el proceso sumarial interno se realizó sin arbitrariedades, ratificando las medidas contra el estudiante por hechos ocurridos en una “Bienvenida Mechona”.
La defensa del alumno argumentó que la universidad carecía de atribuciones para investigar un incidente fuera del campus y en un local nocturno privado. Sin embargo, la Corte dejó claro que, aunque la agresión no ocurrió dentro de la institución, sus efectos impactaron directamente a la comunidad universitaria. Por lo tanto, la USS tenía la obligación legal de actuar para garantizar un ambiente seguro y libre de violencia de género, en cumplimiento de la Ley 21.369.
La investigación incluyó el testimonio de la víctima y de cinco testigos. Uno de ellos relató haber tenido que intervenir en dos ocasiones para separar al agresor de la joven, dada la evidente incomodidad de ella, e incluso contactó al padre del estudiante para que lo retirara del lugar.
“La reacción o comportamiento posterior de una persona agraviada no altera la naturaleza no consentida de los actos de invasión corporal sufridos”.
El tribunal también rechazó las solicitudes del alumno para realizar diligencias fuera de plazo y la imposibilidad de la universidad de exigir grabaciones a un recinto privado. Además, los magistrados criticaron la intención de la defensa de reinterrogar a testigos sobre el comportamiento posterior de la denunciante, como si se había quedado en la fiesta o si volvió a hablar con el estudiante, calificando estas pretensiones como basadas en estereotipos de género inadmisibles.
La sanción impuesta por la USS contempla dos semanas de suspensión académica, condicionalidad por cuatro semestres y restricciones de contacto. A pesar de que el reglamento interno permite la expulsión directa en casos de esta gravedad, la universidad optó por una medida menor, considerando la falta de antecedentes del alumno, su reconocimiento inicial de los hechos y las disculpas ofrecidas.
Finalmente, la Corte descartó cualquier vulneración al debido proceso, destacando que el estudiante estuvo representado por un abogado, tuvo acceso al expediente, fue notificado formalmente de los cargos y pudo apelar en cada instancia. “No se advierte algún acto u omisión ilegal o arbitrario que autorice la adopción de las medidas cautelares solicitadas”, concluyó el fallo, ratificando la decisión universitaria.