Plazo de expulsión: proyecto va a comisión mixta por desacuerdo

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El futuro del proyecto que busca perfeccionar el sistema de expulsión administrativa de extranjeros en Chile se definirá en una comisión mixta, luego de que la Cámara de Diputadas y Diputados rechazara una enmienda clave del Senado. La discordia radica en el plazo mínimo de prohibición de ingreso para personas expulsadas: la Cámara había propuesto cinco años, mientras que el Senado optó por mantener los tres años que establece la ley actual.

A pesar de esta discrepancia, la mayoría de las disposiciones del proyecto recibieron un amplio respaldo en la Sala, superando incluso votaciones separadas solicitadas por la oposición. Las modificaciones introducidas por el Senado abarcan tanto aspectos de forma como de fondo.

Entre los cambios significativos, se eliminó el procedimiento de control ante la Corte de Apelaciones y se incorporaron nuevos artículos para regular el proceso de notificación. La normativa ahora contempla la expulsión inmediata de quienes tengan una resolución de prohibición de ingreso o una orden de abandono o expulsión ya firme y ejecutoriada.

Un punto relevante es la facultad del Servicio Nacional de Migraciones para solicitar información a personas naturales, jurídicas o funcionarios públicos. El objetivo es recabar datos como nombre completo, domicilio y correo electrónico de extranjeros en situación irregular para notificar resoluciones de expulsión, con la excepción de niños, niñas y adolescentes, así como establecimientos educacionales y de salud.

Toda medida de expulsión mantendrá su vigencia y efectos desde su decreto hasta su ejecución efectiva, y solo podrá ser revocada por causas legalmente establecidas y debidamente fundadas. Además, se otorga al subsecretario del Interior la potestad de decretar expulsiones no solo por seguridad interior o exterior, sino también por razones de orden público.

La Policía de Investigaciones (PDI), a través de su jefe nacional de Migraciones o la autoridad regional designada, podrá solicitar a un juez de garantía autorización para ingresar a domicilios con el fin de aprehender a personas con medidas de expulsión. Se fija un plazo de 24 horas para la resolución judicial y se regulan los requisitos para los funcionarios policiales.

En el caso de extranjeros en situación migratoria irregular formalizados, acusados o requeridos por simple delito, el Servicio Nacional de Migraciones podrá pedir al tribunal autorización para una expulsión inmediata. Para ello, deberá consultar previamente al Ministerio Público si la expulsión afectaría alguna investigación con interés prevalente para la persecución penal; si no hay respuesta en cinco días, se procederá con la solicitud.

El proyecto también establece que el plazo de prohibición de ingreso decretado por el subsecretario del Interior será de entre cinco y diez años. Se limita la reclamación de la medida de expulsión, eliminando la opción de representación y reduciendo el plazo para el trámite de diez a cinco días corridos. La admisión de la reclamación por la Corte de Apelaciones suspenderá la ejecución de la orden.

Finalmente, se define un nuevo sistema de notificación a cargo de la PDI y se introduce un mecanismo de notificación tácita, aplicable cuando el afectado presente una reclamación judicial por una posible afectación arbitraria de sus derechos y garantías.

Con la Cámara rechazando la enmienda del Senado sobre los plazos de prohibición de ingreso, el proyecto ahora se encamina a una Comisión Mixta, donde se buscará un acuerdo para su aprobación definitiva.

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