La defensa de Karen Rojo ha desmentido la versión pública sobre un supuesto control de detención a su llegada a Chile. Según Fidel Castro Allendes, abogado de la exalcaldesa de Antofagasta, los documentos oficiales del Estado no respaldan dicha audiencia, sino que su representada debe ser conducida directamente a cumplir la pena. Además, reveló que Rojo ya ha cumplido un 80% de su condena.
El jurista se basa en la orden de aprehensión emitida por el Juzgado de Garantía de Antofagasta el 24 de marzo de 2022. Esta resolución ordena su detención “a efecto de conducirla al Centro Penitenciario más cercano a su detención a cumplir la pena de cinco años y un día”, sin especificar un control de detención.
Un certificado de la misma causa, fechado el 11 de diciembre de 2025, refuerza esta interpretación: “Que, esta orden de detención sirve como suficiente orden de ingreso al centro penal más cercano al lugar de su detención”.
Castro Allendes también citó la respuesta de Chile al Ministerio de Justicia y Seguridad de los Países Bajos, del 25 de enero de 2024, en el marco de la solicitud de garantías para la extradición. El documento oficial indica que:
“De ser entregada por los Países Bajos a Chile, la Sra. Karen Rojo no tendrá que cumplir tiempo de prisión preventiva, sino que cumplir el saldo de pena pendiente”.
El abogado destacó que el Estado chileno informó en la misma misiva que la exalcaldesa será recluida en el Centro Penitenciario Femenino de Santiago, descartando cualquier paso por un tribunal de garantía para formalizar una medida cautelar.
Sobre el origen de la versión del control de detención, el defensor afirmó que hasta ahora no existe una resolución judicial que la ordene, ya que la sentencia está firme y ejecutoriada. La orden de aprehensión, argumentó, tiene como único fin la ejecución de la pena ya impuesta.
En cuanto a los beneficios penitenciarios, Castro Allendes señaló que, una vez que Rojo ingrese al sistema, la defensa podrá solicitar todos los recursos legales. Reiteró que, con su detención actual, la pena ya se consideraría cumplida en un 80%.
Para respaldar la actuación policial, el abogado citó el artículo 76 de la Constitución Política de la República:
“La autoridad requerida deberá cumplir sin más trámite el mandato judicial y no podrá calificar su fundamento o oportunidad, ni la justicia o legalidad de la resolución que se trata de ejecutar”.
El regreso de Rojo a Chile es inminente. Álvaro Hernández, subdirector de la Unidad de Cooperación Internacional y Extradiciones del Ministerio Público, confirmó que el traslado debería concretarse en las próximas dos semanas de este mes, una vez finalizado el operativo desde Países Bajos.