Deuda CAE: Corte de Arica frena embargo y cuestiona a Tesorería

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Un fallo que marca precedente en cobranzas del CAE

Un reciente fallo de la Corte de Apelaciones de Arica podría transformar radicalmente cómo el Estado gestiona los procesos de cobranza del Crédito con Garantía del Estado (CAE). El tribunal decidió dejar sin efecto un procedimiento iniciado por la Tesorería Regional, que buscaba ejecutar una deuda universitaria mediante normas tributarias, incluyendo la grave amenaza de un embargo de bienes.

La base legal: ¿Impuesto o deuda civil?

La controversia se originó cuando una ciudadana, identificada como C.A.C.S., fue notificada por la Tesorería Regional de Arica y Parinacota sobre un proceso de cobro. El procedimiento incluía un apercibimiento de embargo, lo que le habría permitido al organismo retener bienes en caso de no concretar el pago inmediato.

Ante esta situación, la afectada presentó un recurso de protección, denunciando una vulneración de garantías constitucionales al considerar que el Estado utilizaba mecanismos tributarios inapropiados para una deuda de carácter educacional. La Primera Sala de la Corte, integrada por las magistradas Claudia Arenas, Juana Ríos y el ministro Héctor Gutiérrez, analizó la Ley 20.027 y falló de manera unánime a su favor.

Argumentos de la Corte de Apelaciones

El tribunal determinó que la Tesorería aplicó un mecanismo incorrecto. Según el fallo, la Ley 20.027 exige que este tipo de deudas sean perseguidas mediante las reglas generales de procedimiento civil, equiparándolas a las que utilizan los bancos o entidades financieras, y no bajo el rigor del Código Tributario.

El crédito no cambia por el solo hecho de ser incluido en un formulario, concluyó el tribunal.

Los jueces enfatizaron que el intento de la Tesorería de tratar el CAE como un impuesto, simplemente por incorporarlo en sus formularios internos, carece de base jurídica. Además, advirtieron que la ley permite al Estado vender estas deudas a terceros, una práctica incompatible con la naturaleza de las obligaciones tributarias.

Impacto en los derechos de los deudores

La resolución destaca que la afectada fue sometida a un proceso altamente restrictivo, con una capacidad de defensa inferior a la que tendría en un juicio civil ordinario. Esto, a juicio del tribunal, vulneró el principio de igualdad ante la ley consagrado en la Constitución. Si bien el fallo no elimina ni condona la deuda, obliga al Estado a detener este expediente específico y sienta una jurisprudencia clara: cualquier futura cobranza debe seguir las vías civiles normales.

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