Caso Gustavo Gatica: Ministerio Público no pagará costas a Crespo

Noticias más leídas

En la reciente resolución del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, se determinó que el Ministerio Público no deberá pagar las costas procesales tras el juicio contra el ex teniente coronel de Carabineros, Claudio Crespo. En términos jurídicos, esta medida implica que la parte vencida en un proceso judicial no está obligada a reembolsar los gastos en los que incurrió la contraparte durante el litigio.

El tribunal basó su decisión en el marco del artículo 347 del Código Procesal Penal, dando cumplimiento formal tras el veredicto del pasado 13 de enero. En aquella fecha, el tribunal absolvió a Crespo de la acusación de apremios ilegítimos con lesiones graves gravísimas en perjuicio de Gustavo Gatica, un delito por el cual la fiscalía solicitaba una pena de hasta 12 años de cárcel.

La postura de la defensa y la Fiscalía

El abogado defensor de Claudio Crespo, Pedro Orthusteguy, expresó su conformidad con el resultado del fallo, aunque manifestó su disconformidad respecto a la decisión sobre las costas. Orthusteguy señaló que al equipo legal le habría gustado recuperar los gastos invertidos por su representado durante el procedimiento.

El abogado defensor declaró: “Ojalá no recurran y termine este triste episodio, a mi juicio, de error de persecución a los funcionarios de Carabineros que cumplieron las funciones constitucionales durante el estallido social”.

Además, el jurista hizo un llamado al nuevo fiscal regional metropolitano Centro Norte, Francisco Jacir, para que revise la situación, instando a que la Fiscalía “reformule su criterio de persecución penal” respecto a este tipo de casos.

¿Qué pasará con la sentencia?

Por su parte, la fiscal Ximena Chong valoró que el tribunal reconociera la existencia de un “motivo plausible para litigar” por parte del Ministerio Público. Respecto a los pasos a seguir, la persecutora aclaró que se encuentran en pleno proceso de revisión del fallo para evaluar si existen fundamentos para presentar un recurso de nulidad.

Chong enfatizó que un recurso de esta naturaleza no se interpone solo por insatisfacción con el resultado, sino que requiere la concurrencia de causales técnicas específicas. Actualmente, el Ministerio Público mantiene un análisis exhaustivo del contenido de la sentencia para definir si existen argumentos legales sólidos para impugnar la absolución, mientras el caso permanece a la espera de la decisión final sobre la estrategia jurídica del ente persecutor.

Mas Noticias

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Últimas Noticias