Restricción Vehicular 2026: Cuándo rige y qué vehículos NO circulan

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Con la llegada de mayo, Santiago reactiva una de sus medidas clave para combatir la polución ambiental: la restricción vehicular 2026. Esta disposición, que comenzó a regir el pasado 1 de mayo en la Región Metropolitana, busca disminuir los niveles de contaminación que afectan la cuenca de la capital.

La iniciativa es parte de un conjunto más amplio de acciones del Gobierno para mejorar la calidad del aire. Entre ellas se incluyen la prohibición de quemas agrícolas, la limitación en el uso de calefactores a leña residenciales y la paralización de fuentes fijas en episodios críticos, como las preemergencias o emergencias ambientales. Las autoridades han destacado el éxito de estos planes, señalando una reducción del 75% en el material particulado fino (MP2,5) desde la década de los 90 gracias a su aplicación sostenida.

¿Qué vehículos están afectados y dónde rige la restricción?

La normativa establece un calendario específico para la restricción vehicular en toda la Provincia de Santiago, abarcando también comunas como Puente Alto y San Bernardo. Los vehículos que no pueden circular en las fechas designadas son los siguientes:

  • Autos catalíticos inscritos antes del 1 de septiembre de 2011.
  • Motocicletas fabricadas antes del año 2011.
  • Vehículos sin sello verde.
  • Motos anteriores al año 2002.

Es fundamental recordar que la medida aplica en un horario específico, entre las 07:30 y las 21:00 horas, de acuerdo al calendario que se designa diariamente según los dígitos de las patentes.

Vigencia de la medida y nuevas exenciones

La restricción vehicular estará vigente durante el período de mayor concentración de contaminantes en la capital, extendiéndose hasta el 31 de agosto de 2026. Como es habitual, existen ciertos vehículos que quedan exentos de esta disposición por la naturaleza de sus funciones.

Entre los vehículos que no están sujetos a la restricción se encuentran:

  • Vehículos de Carabineros de Chile.
  • Vehículos de la Policía de Investigaciones (PDI).
  • Vehículos de Bomberos.
  • Vehículos de Gendarmería.
  • Ambulancias fiscales o de instituciones particulares.

Una novedad para este año es la inclusión de una exención para personas, tutores legales o padres de individuos dentro del Trastorno del Espectro Autista (TEA). Para acogerse a esta excepción, los interesados deberán obtener una autorización previa de la Secretaría Regional Ministerial. El documento y el formato para estas exenciones serán publicados prontamente en el mini sitio de la medida, habilitado en la página oficial del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT).

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