En una decisión histórica, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado a Francia por validar un contrato de sadomasoquismo entre un jefe y su empleada, el cual terminó con la mujer internada en un centro psiquiátrico.
Los hechos se remontan a una relación laboral en un hospital francés, donde el superior jerárquico, identificado como K.B., y su subordinada, E.A., pactaron un acuerdo que estipulaba prácticas sexuales masoquistas. Según el contrato, el «amo» tenía derecho a elegir la ropa interior y el maquillaje de la mujer, obligarla a comer en el suelo como un animal y propinarle azotes si no cumplía lo acordado.
Consentimiento Cuestionado y Graves Consecuencias
Inicialmente, la justicia francesa condenó al hombre, pero posteriormente un tribunal de apelaciones lo absolvió, argumentando que al haber un «contrato amo-perra» firmado, la relación era consentida. Sin embargo, la mujer recurrió al TEDH, donde finalmente se le dio la razón.
El tribunal europeo determinó que el consentimiento debe reflejar la libre voluntad de la persona en el momento de la relación, sin que un acuerdo previo pueda considerarse como un consentimiento actual, pues este es por naturaleza revocable. Además, señaló que existían «lagunas en el marco jurídico» y «deficiencias» en su aplicación por parte de las autoridades francesas.
Indemnización Millonaria y Lecciones Aprendidas
Como resultado, Francia deberá indemnizar a la mujer con 20.000 euros (más de 22 millones de pesos chilenos) y asumir las costas judiciales. Este caso sienta un precedente importante sobre los límites del consentimiento y la obligación de los Estados de proteger a los trabajadores, incluso en situaciones aparentemente consentidas.
La decisión del TEDH subraya que el consentimiento debe evaluarse en el contexto de la relación, sin que acuerdos previos puedan justificar prácticas que terminen dañando gravemente a una de las partes. Francia deberá ahora revisar su marco legal para evitar que situaciones similares vuelvan a ocurrir.