En un fallo histórico, la Segunda Sala del Tribunal de Alzada de la región de La Araucanía, Chile, ratificó por unanimidad la condena en contra del general en retiro del Ejército, Eduardo Aldunate Herman, por el homicidio calificado de Samuel Catalán Lincoleo, ocurrido en 1974 durante la dictadura militar.
La sentencia impugnada, dictada en octubre de 2024 por el ministro en visita extraordinaria para causas de violaciones a los Derechos Humanos, Álvaro Mesa Latorre, estableció que Lincoleo, de 29 años al momento de su asesinato, fue ejecutado a disparos en la cabeza por el entonces teniente Aldunate en la Piscicultura de Lautaro.
Justicia Tardía, pero Necesaria
Lincoleo había sido detenido por su simpatía con el Partido Comunista y el Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR). Su ejecución sumaria, sin juicio ni debido proceso, representa uno de los crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura militar en Chile.
Además de Aldunate, el Tribunal de Alzada confirmó las penas de tres años de presidio impuestas al detective en retiro de la Policía de Investigaciones, Jorge Barriga Soto; y al entonces subteniente de Ejército, Sergio Alcayaga Barraza, como coautores del delito de detención ilegal de Lincoleo, Domingo Cayuán Cheuquén y José Miguel Pacheco Coliluán.
Reparación a las Víctimas
En el ámbito civil, el tribunal confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización a los familiares de las víctimas, aunque redujo el monto a 240 millones de pesos. Específicamente, a José Miguel Pacheco Coliluán se le deberá pagar 30 millones de pesos por concepto de daño moral.
Este fallo representa un paso importante hacia la justicia restaurativa y la rendición de cuentas por los crímenes cometidos durante la dictadura militar en Chile. Si bien tardía, esta condena envía un mensaje claro de que nadie está por encima de la ley, incluso los más altos mandos militares.