En una decisión sin precedentes, un tribunal argentino ha ampliado el alcance del artículo 128 del Código Penal local para incluir y castigar la creación de imágenes de abuso infantil generadas mediante Inteligencia Artificial (IA), incluso cuando no haya víctimas reales identificadas.
La Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Zárate-Campana emitió este fallo histórico, rechazando los argumentos de la defensa de que el artículo penal solo protege a menores de edad reales y no sanciona representaciones ficticias o generadas digitalmente.
Protección Ampliada Contra la Explotación Sexual Infantil
Los jueces determinaron que el término «representación» en el artículo 128 abarca cualquier imagen o idea que sustituya a la realidad, incluyendo contenido generado por IA. Esto sienta un importante precedente legal, ya que permite castigar la creación de este tipo de material, independientemente de si hay víctimas reales identificadas.
Peligro de Normalizar la Pedofilia
Según la jueza Graciela Cione, el tribunal advirtió un peligro mayor en permitir este tipo de contenidos artificiales: pueden normalizar la pedofilia y dañar la protección que busca la ley. Incluso si las imágenes no muestran a menores reales, su mera existencia puede contribuir a la banalización de la explotación sexual infantil.
Regulación de la IA en Argentina
Este fallo se produce en un contexto en el que Argentina aún no cuenta con una ley específica sobre Inteligencia Artificial, aunque el Congreso local analiza varios proyectos para regular su uso. Existen también iniciativas de diputados que buscan establecer marcos legales generales para las tecnologías inteligentes.
La decisión del tribunal argentino sienta un importante precedente al ampliar la protección legal contra la explotación sexual de menores, incluso cuando las imágenes son generadas digitalmente. Este avance busca evitar que la normalización de este tipo de contenidos pueda facilitar y perpetuar abusos reales contra niños y niñas.