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¡Corte Suprema Rechaza Recurso de Casación por Prescripción de Cobro del Fondo Solidario Universitario!

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¡Corte Suprema Rechaza Recurso de Casación por Prescripción de Cobro del Fondo Solidario Universitario!

En una decisión trascendental, la Corte Suprema ha rechazado un recurso de casación en el fondo interpuesto por la parte ejecutada en un caso relacionado con el cobro del Fondo Solidario de Crédito Universitario. El fallo, emitido por la Primera Sala del máximo tribunal, confirmó que el plazo de prescripción de tres años de la acción ejecutiva no había transcurrido, como sostenía el recurrente.

Plazo de Prescripción no ha Transcurrido

En el fallo unánime (causa rol 141.740-2023), integrado por los ministros Juan Eduardo Fuentes Belmar, Arturo Prado Puga, Mauricio Silva Cancino, la ministra María Angélica Repetto García y el abogado (i) Álvaro Vidal Olivares, se determinó que la obligación vigente se hizo exigible desde el 31 de diciembre de 2016. Por lo tanto, al momento de la notificación de la demanda el 7 de agosto de 2019, el plazo de tres años aún no había expirado.

La resolución precisa: No ha transcurrido el plazo de prescripción de tres años de la acción ejecutiva, desestimando así el argumento del recurrente, que intentaba establecer una fecha anterior para el inicio del plazo de prescripción.

Infracción Descartada en la Sentencia de la Corte de Apelaciones

El fallo también ratificó que la Corte de Apelaciones de Santiago, en su sentencia de primer grado, actuó correctamente al declarar la prescripción de una de las obligaciones contenidas en la Resolución N°344-2018, pero rechazó la prescripción de la otra obligación relacionada, con lo cual el tribunal no causó ningún agravio al recurrente.

Asimismo, se aclaró que el recurso de casación tiene un carácter extraordinario, y no tiene como fin revisar cuestiones de hecho ya resueltas, sino examinar la correcta aplicación de la ley en la sentencia impugnada. En este caso, el fallo señala que no hubo infracción de normas reguladoras de la prueba, lo que impide alterar los hechos establecidos por los tribunales de la instancia.

Conclusión del Fallo

Finalmente, la Corte Suprema resolvió que se rechaza el recurso de casación en el fondo interpuesto por el ejecutado, el abogado Carlos Enrique Montebruno Poblete, en contra de la sentencia dictada el 1 de junio de 2023 por la Corte de Apelaciones de Santiago.

Esta decisión de la Corte Suprema reafirma la importancia del Fondo Solidario de Crédito Universitario y la necesidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con este fondo, a fin de asegurar el acceso a la educación superior para todos los estudiantes.

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