Contraloría emite resolución sobre reuniones en casa de Zalaquett

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Contraloría por reuniones en casa de Zalaquett: “No resulta posible observar las omisiones de registro que se reclaman”

La Contraloría General de la República (CGR) emitió este lunes una resolución sobre las polémicas reuniones en la casa de Pablo Zalaquett que sostuvieron algunos ministros del Presidente Gabriel Boric, concluyendo que “no resulta posible observar las omisiones” a la ley Lobby.

Recordemos que los diputados Francisco Pulgar y Rubén Oyarzo presentaron un requerimiento ante la CGR por estas citas en la casa del exedil de Santiago y La Florida.

“A la luz de lo sostenido en los precitados dictámenes, referidos a situaciones de similar naturaleza, y teniendo presente el principio de certeza jurídica, no resulta posible observar las omisiones de registro que se reclaman con base en una interpretación administrativa distinta a la aplicada en la jurisprudencia obligatoria que esta Entidad de Control mantenía vigente para toda la Administración al momento de la ocurrencia de tales hechos”, señala el documento.

Asimismo, el órgano contralor, tras efectuar análisis, indicó que “en la especie, se configuran algunas de las exigencias legales y reglamentarias para considerar que las citadas actividades constituirían lobby, en tanto se desarrollaron a instancias de una persona que figura registrada como sujeto activo, con la participación de autoridades que poseen el carácter de sujetos pasivos y, además, se abordaron temas propios de las respectivas Secretarías de Estado”.

“A la fecha, no consta que en tales reuniones se hubieren requerido u obtenido decisiones a que alude el artículo 5° de la Ley de Lobby, como lo exigen la ley y la jurisprudencia administrativa de esta Contraloría General ya reseñada”, agregan.

Instructivo para “perfeccionar” los criterios

Ante esto, el órgano contralor liderado por Dorothy Pérez Gutiérrez emitió un instructivo con el objeto de dar cumplimiento a la ley Lobby.

“Con el objetivo de reforzar la aplicación de los principios de probidad y transparencia que informan a la ley Nº 20.730, se procederá a perfeccionar los criterios jurisprudenciales de esta Contraloría General en la materia, emitiendo instrucciones destinadas a los organismos y servicios públicos de la administración del Estado y a otras entidades sujetas a su control, sobre aspectos centrales del cumplimiento de dicha ley”, señala el documento.

En el escrito se establecen tres puntos principales. El primero de ellos es que se instruyó a los servicios que en 30 días hábiles “incluyan a sus respectivas jefaturas de división, departamento, oficina o unidad como sujetos pasivos”, para que publiquen las reuniones a las que asistan y tengan por objeto el lobby.

El segundo ítem, se refiere a las actividades de lobby, ya que hasta la fecha no todas estaban reguladas.

“Al momento de resolver si una actividad debe o no publicarse, el sujeto pasivo deberá tener presentes los principios de probidad y transparencia, por lo que, salvo las exclusiones del artículo 6° de la ley, deberán publicar siempre las audiencias o reuniones concertadas que sostengan y a que asistan con personas que figuren en el registro público de lobbistas o gestores de intereses particulares”, precisan.

Finalmente, el último punto consiste en el registro de audiencias.

“La Contraloría instruye que se registren audiencias o reuniones concertadas que se desarrollen tanto en dependencias públicas o privadas; aquellas que se den dentro o fuera de la jornada laboral de los sujetos pasivos; y aquellas presenciales o por videoconferencia”, explican.

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