Introducción
Este miércoles, la Cámara Baja aprobó la idea de legislar la reforma de pensiones propuesta por el presidente Gabriel Boric. Uno de los aspectos más destacados de esta reforma es la posibilidad de acceder a un autopréstamo para los afiliados. En este artículo, te explicaremos cómo funcionaría este autopréstamo y cuáles son sus condiciones.
¿Cómo funcionaría ese autopréstamo?
Según el proyecto de ley aprobado, los afiliados no pensionados que se encuentren a 5 años o más del cumplimiento de la edad legal de pensión podrán realizar retiros en forma de préstamos. Estos préstamos se realizarán con cargo al saldo mantenido en sus cuentas de capitalización individual de cotizaciones obligatorias.
De acuerdo con el proyecto, los afiliados podrán solicitar préstamos de hasta un monto equivalente al 5% del total ahorrado en su cuenta a la fecha de la solicitud, con un máximo de 30 unidades de fomento. Estos préstamos no devengarán intereses y deberán ser devueltos a la cuenta de capitalización individual del solicitante, reajustados según las variaciones de la unidad de fomento.
La devolución y solo un autopréstamo a la vez
La reforma establece que la devolución del préstamo se realizará mediante el pago de cuotas calculadas como el 2% de las remuneraciones y rentas imponibles del afiliado. Estas cuotas se pagarán a partir del mes siguiente al de la solicitud del préstamo, junto con el pago de las cotizaciones obligatorias.
En el caso de los trabajadores dependientes, el empleador realizará el pago del préstamo simultáneamente con el pago de las cotizaciones obligatorias. En el caso de los trabajadores independientes, el pago del préstamo se realizará cuando estos coticen voluntariamente o de forma anual.
Es importante destacar que mientras un afiliado tenga vigente un préstamo, no podrá solicitar otro hasta que se haya amortizado por completo. Una vez que el préstamo haya sido pagado, el afiliado podrá solicitar uno nuevo.
Además, cuando el afiliado tenga en su poder el monto del préstamo, este no se considerará renta ni será objeto de retención, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa. Tampoco podrá rebajarse del monto ya decretado de la compensación económica en un juicio de divorcio. Sin embargo, esto no afecta el derecho de subrogación legal del alimentario o su representante, ni la retención, suspensión y embargabilidad por deudas originadas por obligaciones alimentarias.
Conclusión
La aprobación de la idea de legislar la reforma de pensiones y la inclusión del autopréstamo como una de sus medidas más destacadas representa un avance importante en el sistema previsional del país. Esta medida permitirá a los afiliados acceder a un préstamo con cargo a sus cuentas de capitalización individual, brindándoles una mayor flexibilidad y autonomía en el manejo de sus recursos.
Referencias
– Cámara aprueba idea de legislar proyecto de reforma de pensiones con respaldo de Demócratas. Miércoles 24 Enero, 2024 | 14:08.