Constitución y educación escolar
El próximo 17 de diciembre se llevará a cabo un plebiscito para someter a votación una propuesta constitucional que busca modificar el Texto Constitucional vigente. Entre las modificaciones propuestas, se encuentra el reconocimiento del Derecho Preferente de los Padres a elegir la educación de sus hijos.
La propuesta constitucional establece que las familias, a través de los padres o tutores legales, tienen el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos o pupilos, de elegir el tipo de educación y su establecimiento de enseñanza, así como a determinar preferentemente su interés superior. Además, se establece que el Estado debe otorgar especial protección al ejercicio de este derecho.
Modificaciones en materia de Igualdad de Trato a los alumnos
La propuesta constitucional también incluye disposiciones en materia de Igualdad de Trato a los alumnos. Se establece que la educación básica y media son obligatorias, y el Estado debe financiar y coordinar un sistema gratuito para garantizar el acceso de toda la población a estas etapas educativas. Además, se establece que la obligatoriedad de la educación media se extenderá hasta los veintiún años de edad.
En cuanto al financiamiento de las instituciones educativas, se establece que se asignarán recursos públicos a instituciones estatales y privadas según criterios de razonabilidad, calidad y no discriminación arbitraria. Sin embargo, esta asignación no podrá condicionar la libertad de enseñanza.
Fortalecimiento de la Autonomía de los Proyectos Educativos y la Libertad de Enseñanza
Otro aspecto importante de la propuesta constitucional es el fortalecimiento de la autonomía de los proyectos educativos y la consagración de la libertad de enseñanza. Se establece que las personas tienen el derecho de abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales, así como de crear y desarrollar proyectos e idearios educativos, siempre y cuando se respeten la moral, el orden público y la seguridad del país.
En cuanto a la autonomía de los proyectos educativos, se establece que los establecimientos educacionales tienen la libertad para determinar sus contenidos curriculares de acuerdo con la identidad e integridad de su proyecto. Sin embargo, el Estado fijará contenidos mínimos para la educación parvularia, básica y media, los cuales no podrán ocupar más de la mitad de las horas lectivas. Esto se hace con el fin de garantizar la autonomía y diversidad educativa. Además, el Estado elaborará un programa con contenidos mínimos que abarque la totalidad de la jornada escolar, al cual los establecimientos educacionales podrán adherirse libremente, de manera parcial o total.
Conclusión
Estas son algunas de las modificaciones propuestas en la Constitución que afectarán la educación escolar en Chile. Es importante que como comunidad educativa y como familias reflexionemos sobre nuestra misión en la educación chilena y la relevancia de los proyectos educativos gestionados por privados. El próximo 17 de diciembre, en el plebiscito, tendremos la oportunidad de decidir sobre estas modificaciones y su impacto en la educación de nuestros hijos.