La segunda etapa de la Ley de Plásticos de un Solo Uso
Este domingo 13 de agosto entró en vigencia la segunda etapa de la Ley de Plásticos de un Solo Uso, luego de su aprobación en 2022. En esta nueva fase, se prohíbe el uso de elementos como revolvedores, cucharas, tenedores, bombillas y envases de plumavit.
Además, la normativa obliga a los almacenes y minimarkets a contar con la posibilidad de recibir y vender bebidas en envases retornables. La ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas, destacó que ahora todos los almacenes y tiendas de conveniencia deben permitir que los clientes traigan sus propios envases retornables para llevarse las bebidas.
La ministra también hizo hincapié en la importancia de esta ley para el cuidado del medio ambiente. Según sus palabras, la mayoría de los plásticos de un solo uso no se reciclan y terminan contaminando la naturaleza, dañando los ecosistemas marinos y afectando a la fauna y flora.
Las multas por no cumplir con la Ley de Plásticos de un Solo Uso
¿Cuáles son las sanciones para aquellos locatarios que no respeten esta segunda etapa de la Ley de Plásticos de un Solo Uso? Las multas pueden variar entre 1 y 60 UTM (entre $63.199 y $3.791.940), dependiendo de la cantidad de días que no se cumpla con la normativa.
Si bien los municipios son los encargados de fiscalizar el cumplimiento de la ley, la ciudadanía también puede denunciar a través de los Juzgados de Policía Local.
Conclusión
La segunda etapa de la Ley de Plásticos de un Solo Uso ha entrado en vigencia, y es importante que todos los establecimientos comerciales cumplan con esta normativa para contribuir al cuidado del medio ambiente. Evitar el uso de plásticos de un solo uso y fomentar el uso de envases retornables es fundamental para reducir la contaminación y proteger nuestros ecosistemas.
No cumplir con esta ley puede acarrear multas significativas, por lo que es necesario que tanto los comerciantes como los consumidores estén informados y se comprometan a seguir las disposiciones establecidas.