Restricción vehicular en la Región Metropolitana
A pesar de la intensa lluvia que cae en la Región Metropolitana, este jueves 22 de junio no pueden circular una serie de autos debido a la restricción vehicular. La medida, que está vigente de lunes a viernes desde las 07:30 hasta las 21:00 horas, se aplicará hasta el 31 de agosto como parte del Plan de Gestión de Episodios Críticos (GEC) del Ministerio de Medio Ambiente. Además, abarca toda la Provincia de Santiago, incluyendo las comunas de Puente Alto y San Bernardo.
¿Qué autos tienen restricción vehicular este jueves 22 de junio? Todo vehículo con sello verde con patente finalizada en: 8 y 9. Todo vehículo sin sello verde con patente finalizada en: 6, 7, 8 o 9. Motos inscritas entre el 2022 y septiembre de 2010: 8 y 9.
Restricción vehicular para el viernes 23 de junio
Si bien hoy es jueves, es importante conocer las restricciones vehiculares para mañana viernes 23 de junio. Los autos con sello verde no podrán circular si su patente finaliza en 0 o 1, mientras que los autos sin sello verde no podrán circular si su patente finaliza en 0, 1, 2 o 3. Las motos inscritas entre el 2022 y septiembre de 2010 no podrán circular si su patente finaliza en 0 o 1.
¿Cuál es la multa por no respetar la restricción vehicular?
Los conductores que no respeten la restricción vehicular se arriesgan a multas desde los 1 a 1,5 UTM, es decir, desde los $63.074 y $94.611 pesos. Por lo tanto, es importante conocer las restricciones vehiculares y evitar multas innecesarias.
¿Qué autos están exentos de la restricción vehicular?
Existen algunos vehículos que están exentos de la restricción vehicular, como los vehículos eléctricos, los vehículos a gas, los taxis, los furgones escolares, los vehículos importados por personas con discapacidad, los vehículos importados por personas jurídicas sin fines de lucro, los vehículos de uso particular destinados al transporte de personas que padezcan enfermedades que deban concurrir frecuentemente a centros de salud a sus controles y tratamientos, los vehículos de uso particular que sirvan de único medio de transporte para una persona con discapacidad, los vehículos de empresas o instituciones relacionadas con la protección de la salud, los vehículos que presten servicio para la Comisión Chilena de Energía Nuclear abasteciendo de material radioactivo a hospitales y clínicas, los vehículos de canales de televisión y los vehículos de uso particular de prestador individual de salud y que se desempeñe en establecimientos públicos o privados que cuenten con servicios de hospitalización y/o atención de urgencias.